El Ayuntamiento de Madrid tendrá que anular todas las sanciones de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid que todavía no tengan sentencia firme, según una resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 34 de Madrid difundida por Automovilistas Europeos Asociados (AEA). El fallo abre la puerta a que miles de conductores reclamen la devolución de multas impuestas por circular sin etiqueta ambiental en un perímetro de 605 kilómetros cuadrados.
Lo que necesitas saber
- Por qué es importante: la justicia declara nula la cobertura legal de las sanciones de la ZBE de Madrid y obliga a anular todas las multas sin sentencia firme.
- Cómo te afecta: si fuiste sancionado por acceder sin etiqueta a la ZBE de Madrid y tu expediente sigue abierto, puedes pedir el archivo o reclamar la devolución.
- Puntos clave y plazos: más de 3,5 millones de expedientes y cerca de 700 millones de euros están en juego; AEA pedirá la ejecución forzosa si el Ayuntamiento no frena los cobros en las próximas semanas.
Qué ha resuelto el juzgado de Madrid
La resolución parte de un recurso promovido por AEA en defensa de una conductora que fue fotografiada fuera de Distrito Centro y Plaza Elíptica, las dos áreas con mayor nivel de restricción dentro de la ZBE. Una de las 477 cámaras que vigilan el perímetro general de la M-30 captó el vehículo y el Ayuntamiento tramitó la sanción.
El fallo concluye que la nulidad no se limita a las zonas de especial protección. La sentencia recoge que ‘todas las sanciones impuestas por no respetar las restricciones derivadas de Madrid ZBE respecto de las cuales todavía no haya recaído sentencia firme (…) quedan afectadas por la declaración de nulidad de la disposición general que les ha servido de cobertura’.
En la práctica, esto significa que el Ayuntamiento debe invalidar todas las multas amparadas por la ordenanza anulada, y no únicamente las vinculadas a Distrito Centro y Plaza Elíptica. La declaración afecta al conjunto del municipio, con una superficie aproximada de 605 km².
La nulidad alcanza a las sanciones impuestas al amparo de la ordenanza anterior. El 6 de abril entró en vigor una nueva Ordenanza de Movilidad que delimita el régimen sancionador posterior. Conviene separar dos bloques: las multas anteriores a esa fecha, afectadas por el fallo, y las posteriores, que no se ven alteradas por esta resolución.
La nulidad no se limita a las áreas restringidas del centro: alcanza a todas las multas de la ZBE de Madrid que no tengan sentencia firme.
Qué pueden reclamar los conductores sancionados
El alcance económico es millonario. Según los datos difundidos por AEA, hasta el 31 de diciembre de 2025 el Ayuntamiento de Madrid impuso 3.424.744 sanciones por las zonas de bajas emisiones, con un importe conjunto de 663.285.620 euros. La organización eleva la cifra hasta cerca de 700 millones si se incluyen todos los expedientes afectados: los impuestos desde diciembre de 2021 hasta la entrada en vigor de la nueva Ordenanza de Movilidad, el 6 de abril.
Eso no significa que todas las multas ya pagadas devuelvan automáticamente el dinero. La resolución afecta a los procedimientos que todavía no tienen sentencia firme. Si tu expediente sigue abierto, en vía administrativa o judicial, tienes argumentos para pedir su archivo. Si ya pagaste, la vía más clara pasa por reclamar la devolución de ingresos indebidos, siempre que no haya prescrito.
- Revisa tu expediente: comprueba si la sanción figura como firme o si aún está pendiente de resolución.
- Pide el archivo: argumenta la nulidad de la ordenanza si el procedimiento sigue en vía administrativa o judicial.
- Guarda los justificantes: conserva notificaciones y pagos, porque serán clave para reclamar la devolución.
Automovilistas Europeos Asociados ha solicitado formalmente a la Junta de Gobierno el archivo de oficio de todos los expedientes pendientes de Madrid ZBE, Distrito Centro y Plaza Elíptica, así como la paralización inmediata de apremios, recargos o embargos. El problema, según denuncia la organización, es que la Agencia Tributaria de Madrid sigue ejecutando las órdenes de cobro.

Un conflicto que viene de 2024
La polémica se remonta a septiembre de 2024, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró la nulidad de pleno derecho de los artículos esenciales que regulaban las ZBE. La decisión adquirió firmeza después de que el Tribunal Supremo inadmitiera a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento.
Desde entonces, el consistorio intentó limitar el alcance de aquel fallo a las dos zonas de especial protección: Distrito Centro y Plaza Elíptica. La nueva resolución, según AEA, desmonta esa estrategia y extiende la nulidad a todas las sanciones de la ZBE de Madrid que no hayan sido confirmadas por sentencia firme.
El presidente de AEA, Mario Arnaldo, considera que este pronunciamiento supone un precedente judicial importante para la protección de los derechos de los ciudadanos. La asociación ha anunciado que, si el Ayuntamiento no cesa la actividad recaudatoria en las próximas semanas, solicitará formalmente al TSJM la ejecución forzosa de la sentencia.
Para los conductores sancionados, el siguiente hito es comprobar si su multa sigue viva. Si el Ayuntamiento no frena los cobros y no archiva de oficio, la reclamación individual o colectiva se convierte en la vía más realista para recuperar el dinero.

