En España no hay una única autoridad que gestione las multas de tráfico, a diferencia de lo que muchas personas creen. Tendrás que dirigirte a una autoridad u otra según quién te haya sancionado, ya sea para pagar la multa o para reclamar.
Depende de dónde haya ocurrido la infracción y el tipo de vía, porque no es lo mismo una sanción por un radar en una autovía que por aparcar mal en ciudad. De hecho, muchísimos recursos que podrían haber prosperado no lo hacen porque los conductores no se dirigen al organismo adecuado.
1DGT y comunidades autónomas: quién multa en carretera
En la mayoría del territorio español, la Dirección General de Tráfico (DGT) es la autoridad competente para sancionar las infracciones en vías interurbanas. Es decir, carreteras, autovías y autopistas fuera del núcleo urbano.
En estas vías, quien suele formular la denuncia es la Guardia Civil de Tráfico, normalmente por excesos de velocidad, adelantamientos indebidos, uso del móvil, no llevar la ITV en vigor o no tener seguro obligatorio. Es la DGT quien tramita y resuelve esos expedientes.
Ahora bien, no funciona así en todo el país. Hay comunidades autónomas que tienen transferidas las competencias en materia de tráfico, como Catalunya, el País Vasco y Navarra.
En Catalunya, el organismo competente es el Servei Català de Trànsit y el cuerpo denunciante habitual son los Mossos d’Esquadra. En el País Vasco, la gestión corresponde a la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco y actúa la Ertzaintza. En Navarra, la Policía Foral asume esas funciones.
El tipo de infracción puede ser el mismo que en otra comunidad, pero el organismo que tramita la multa cambia mucho. Así que ojo al pagar y al reclamar.

