La DGT tiene nuevas normas para los patinetes eléctricos: casco obligatorio y edad mínima 15 años desde octubre 2026

La reforma del Reglamento de Circulación unifica las reglas para patinetes: casco obligatorio y edad minima de 15 años. La multa por incumplir ambas normas será de 200 euros, y entran en vigor el 1 de octubre de 2026.

La reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Consejo de Ministros establece, a partir del 1 de octubre de 2026, dos obligaciones fundamentales para los usuarios de patinetes eléctricos en toda España: llevar casco y tener al menos 15 años cumplidos. El incumplimiento de cualquiera de ellas se considerará infracción grave y conllevará una multa de 200 euros, idéntica en toda la red viaria, según la información oficial de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Lo que necesitas saber

  • Por qué es importante: La reforma unifica por primera vez las normas para patinetes en todo el país, eliminando las diferencias que existían entre las ordenanzas municipales.
  • Cómo te afecta: Si utilizas un patinete eléctrico, a partir de octubre será obligatorio usar casco y tener 15 años cumplidos. Sin estos requisitos, te expones a una sanción de 200 euros.
  • Puntos clave y plazos: La norma entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Los menores de 15 años no podrán circular legalmente, y el casco será exigible en cualquier vía, sin excepciones.

Las nuevas obligaciones para los patinetes eléctricos

Hasta ahora, cada ayuntamiento establecía sus propias reglas sobre la edad mínima y el uso del casco. Algunas ciudades exigían 15 años, otras 16 y otras no fijaban ninguna. Con la reforma, el Gobierno implanta un criterio único que deberá respetarse en todo el territorio nacional. La medida del casco se aplica de forma homogénea, independientemente del municipio en el que se circule.

Para los usuarios que utilicen patinetes de manera profesional, la exigencia de casco y chaleco reflectante será permanente, tanto en vía urbana como interurbana. El objetivo declarado del Ejecutivo es reducir la gravedad de las lesiones, con especial atención a los traumatismos craneoencefálicos, que han aumentado significativamente con la popularización de estos vehículos.

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Qué cambios afectan también a ciclistas y motoristas

La reforma no se limita a los patinetes. Los ciclistas también quedan sujetos a nuevas obligaciones: se suprimen todas las exenciones previas al uso del casco en vías interurbanas, por lo que cualquier usuario de bicicleta deberá llevarlo en carretera sin excepción. Los repartidores profesionales (‘riders’) tendrán que portar casco y chaleco reflectante en cualquier circunstancia, con la misma sanción de 200 euros si incumplen.

En materia de adelantamientos, los conductores de vehículos a motor que sobrepasen a un ciclista en vía interurbana deberán reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite permitido y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril. En zonas urbanas, los vehículos a motor deberán guardar una distancia mínima de 5 metros respecto a los ciclistas que circulen delante en el mismo carril.

Los motociclistas y usuarios de ciclomotores también se ven afectados. Conductores y pasajeros deberán llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. La ausencia de cualquiera de estos elementos se considerará infracción grave sancionable con 200 euros, aunque la exigencia de guantes homologados no será plenamente efectiva hasta la aprobación de una orden ministerial posterior con sus especificaciones técnicas.

Además, se elimina la exención del cinturón de seguridad para taxistas, conductores de vehículos de mercancías y de enseñanza de la conducción: todos deberán llevarlo puesto durante la circulación. La única excepción contemplada afecta a los pasajeros de ambulancias asistenciales cuando permanezcan en el habitáculo del paciente durante servicios de urgencia.

Con la norma unificada, circular en patinete sin casco o siendo menor de 15 años costará 200 euros en cualquier punto de España.

Plazos y periodo de adaptación

La entrada en vigor general del real decreto se fija para el 1 de octubre de 2026, fecha en la que comenzarán a aplicarse la mayoría de las nuevas obligaciones. No obstante, hay dos excepciones relevantes: el alumbrado obligatorio para los vehículos de movilidad personal y la exigencia de casco homologado para usuarios de ciclomotores no serán exigibles hasta el 1 de octubre de 2027, un año después.

Antes de que las medidas entren en vigor, la DGT pondrá en marcha campañas informativas y un periodo de adaptación para facilitar el conocimiento de las nuevas obligaciones entre ciudadanos y empresas. Las familias con hijos de entre 13 y 14 años que utilicen patinetes para desplazarse al colegio o al instituto deberán tenerlo en cuenta antes de que finalice el verano, ya que desde octubre esos menores no podrán circular legalmente.

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Un cambio comparable al carnet por puntos

El Gobierno ha enmarcado la reforma dentro de su estrategia de seguridad vial y la presenta como un cambio de alcance equiparable, en su impacto social, a la introducción del carnet por puntos. La norma busca adaptar el reglamento a una realidad en la que patinetes, bicicletas y vehículos a motor comparten cada vez más espacio en las vías urbanas e interurbanas de todo el país.

Los próximos pasos incluyen la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado y el despliegue de las campañas informativas de la DGT previstas antes del 1 de octubre. Los usuarios que quieran consultar el texto completo de la reforma podrán hacerlo a través del portal oficial de la DGT, donde se irán publicando los materiales de divulgación conforme avance el periodo de adaptación.

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