A partir del 1 de octubre de 2026, los taxistas, los repartidores y los profesores de autoescuela ya no tendrán excusa para circular sin cinturón de seguridad en ciudad. La reforma del Reglamento General de Circulación elimina las exenciones que hasta ahora les permitían no abrochárselo en los trayectos urbanos. Quien contravenga la norma se enfrenta a una multa de 200 euros y a la pérdida de 4 puntos del carnet. La DGT deja claro: el cinturón es para todos, siempre.
Hasta ahora, el artículo 119 del Reglamento General de Circulación eximía de llevar el cinturón de seguridad en ciudad a los taxistas en servicio, los conductores de VTC, los distribuidores de mercancías que realizaran operaciones de carga y descarga cortas, y las personas que acompañaran a un alumno durante el aprendizaje de la conducción (con mandos adicionales). También quedaban excluidos los servicios de urgencia y quienes tuvieran un certificado médico. Esta lista de privilegios desaparece para los profesionales del volante.
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación y, entre otras novedades, suprime esas exenciones para taxis, VTC, repartidores y profesores de autoescuela. A partir del 1 de octubre de 2026, todos estos conductores deberán llevar el cinturón abrochado en cualquier circunstancia, también en ciudad. La DGT lo ha confirmado con rotundidad: ni una excepción más para los que circulan con clientes, mercancías o alumnos.
La medida afecta de lleno a un colectivo que hasta ahora podía elegir —en trayectos urbanos— si abrocharse o no. Con la nueva norma, la respuesta es única: cinturón siempre. Y si no, la sanción es contundente.
Multa de 200 euros y 4 puntos: las cifras que nadie quiere ver
No llevar el cinturón de seguridad cuando se está obligado es una infracción grave tipificada en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La sanción económica asciende a 200 euros, aunque se reduce a la mitad —100 euros— si se paga en los 20 días siguientes a la notificación (pronto pago). Pero lo que más duele es la detracción de 4 puntos del carnet de conducir.
Para un taxista, un repartidor de paquetería o un profesor de autoescuela, perder puntos no es un mero trámite: el permiso de conducir es su herramienta de trabajo. Cuatro puntos pueden ser la antesala de un curso de recuperación y, en casos extremos, de la pérdida de vigencia del carnet si se acumulan otras sanciones.
Los controles de la Guardia Civil de Tráfico y de las policías locales no harán distingos: si un agente observa a cualquiera de estos profesionales sin el cinturón abrochado, la multa llegará sin contemplaciones. “No vale ponérselo a toda prisa cuando veas el control”, advierten fuentes de la DGT; la infracción se comete en el momento en que se circula sin él.

Por qué la DGT elimina estas excepciones y qué colectivos siguen exentos
El argumento oficial, recogido en el texto de la reforma, es la protección de todos los ocupantes del vehículo. La DGT recuerda que el cinturón reduce a la mitad el riesgo de muerte en caso de accidente y que en ciudad, aunque las velocidades sean bajas, los impactos también pueden ser letales. La exención para profesionales se consideraba un agravio comparativo con el resto de conductores y, sobre todo, un riesgo innecesario.
No todas las excepciones desaparecen. Se mantienen para:
- Conductores y pasajeros de vehículos de urgencia (ambulancias, bomberos) cuando la naturaleza del servicio lo requiera.
- Personas con certificado médico que acredite una razón grave o discapacidad que impida el uso del cinturón.
- Maniobras de marcha atrás y estacionamiento, donde sigue siendo legal no abrochárselo.
- Sanitarios asistenciales que deban atender a un paciente durante el traslado.
También se mantiene la obligación general para el resto de ocupantes. La reforma, que entró en vigor tras el verano, se aplica con un periodo de información mínima para dar tiempo a los profesionales a adaptarse. Los sindicatos del taxi y las asociaciones de autoescuelas han solicitado campañas informativas, pero la DGT ya ha dejado claro que no habrá moratoria adicional.
Abrocharse el cinturón ahora es un gesto de dos segundos que te ahorra 200 euros y mantiene a salvo tus puntos.
En la práctica, la eliminación de estas exenciones supone un cambio de hábito para miles de conductores profesionales. Los taxistas que antes se quitaban el cinturón al entrar en una zona de paradas tendrán que mantenerlo puesto; los repartidores que se lo desabrochaban entre entrega y entrega en calles cercanas, ahora se arriesgan a una sanción si un agente lo detecta. Lo mismo ocurre con los profesores de autoescuela que acompañan a sus alumnos: durante las clases prácticas, el instructor deberá llevar el cinturón igual que el alumno.
Esta homogeneización alinea la normativa española con la recomendación de la Comisión Europea de proteger a todos los ocupantes en cualquier tipo de vía. En países como Francia o Alemania, los taxistas y repartidores ya están obligados a usar el cinturón sin excepciones desde hace años.
Ficha de la multa
- A quién afecta: Taxistas, conductores de VTC, repartidores y distribuidores de mercancías, y profesores de autoescuela que, a partir del 1 de octubre de 2026, circulen sin el cinturón de seguridad en cualquier vía, incluida la ciudad.
- Cifras a tener en cuenta: Multa de 200 euros (100 euros con pronto pago en 20 días) y pérdida de 4 puntos del carnet de conducir.
- Consejo para evitarlo: Integra el gesto de abrocharte el cinturón en el ritual de arranque. Si haces paradas frecuentes, no te lo quites; basta un segundo para que un agente detecte la infracción y te sancione.

