Seguramente le habrá pasado a más de un conductor de que le han llevado a casa una multa que parecía injusta y no sabía muy bien qué hacer ni adonde ir.
Pues bien en el artículo de hoy que trata de: si me ponen una multa injusta, ¿qué puedo hacer? te vamos a dar una serie de consejos para que sepas qué hacer en cada momento y dónde recurrirla.
En el caso de que te impongan una multa y llegues a pagarla se llega a entender de que estás de acuerdo con dicha multa además de que renuncias en todo momento a presentar cualquier tipo de alegación y que acabas aceptando la sanción impuesta.
1Si no estamos de acuerdo con la multa impuesta
Todo conductor tiene que ser consciente de que tiene derecho a presentar alegaciones en el caso de que no se esté de acuerdo con la multa impuesta debido una serie de hechos acontecidos y por los cuales nos la han impuesto.
Para hacer esto el afectado tiene que tener en cuenta que tiene que aportar una serie de pruebas además de documentos que contengan información que se considere que llega a justificar que los hechos por los cuales llegan a sancionar no son verídicos.
En el caso de que la multa que hayan impuesto proceda de la policía local hay que presentar alegaciones en el Ayuntamiento.
En el caso de que la multa venga de mano de la Dirección General de Tráfico el afectado va a tener tres vías para poder presentar alegaciones:
- Por medio de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico o DGT o en el Registro Electrónico de la Administración Pública.
- Por medio del correo postal enviado a la jefatura de Tráfico que se encuentre tramitando el procedimiento.
- Presentando un recurso de forma presencial, por medio de cita previa, en la oficina de Tráfico.
Una vez se haya procedido a realizar alegaciones Tráfico se encargará de analizarla además de resolver si tiene razón la persona afectada o si no.
Mucho antes de proceder a realizar dicho paso es conveniente que se tenga en cuenta que en caso de que se llegue a recurrir se pierde de forma automática la opción de descuento de un 50% en lo que respecta al importe de la sanción.