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La multa de la DGT si conduces con estas enfermedades

El riesgo de sufrir un accidente de tráfico se multiplica cuando se sufren enfermedades coronarias, psiquiátricas, neurológicas o apnea del sueño, entre otras. Para conducir con seguridad, debemos estar siempre alerta y hay determinadas dolencias que pueden mermar nuestras condiciones físicas y psicológicas y, en consecuencia, afectan a nuestras aptitudes al volante.

Enfermedades neurológicas y degenerativas

Enfermedades y conducción.

Los afectados por epilepsias con crisis convulsivas o con crisis con pérdida de conciencia, deberán aportar informe favorable de un neurólogo en el que se haga constar el diagnostico, el cumplimiento del tratamiento, la frecuencia de crisis y que el tratamiento farmacológico prescrito no impide la conducción. El periodo de vigencia del permiso o licencia será de dos años como máximo y, si no hay crisis durante los tres últimos años, se ampliará a cinco años como máximo.

El Alzheimer, la Esclerosis, el Parkinson y otras enfermedades crónicas y degenerativas también constituyen un impedimento para ponerse al volante sin el informe favorable de un médico. En muchos casos se puede conducir durante las primeras fases de la enfermedad, pero estará prohibido en estadios más avanzados.