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La DGT te deja conducir sin puntos, pero sólo en este caso

Perder los puntos del carnet de conducir se convierte en una tragedia si tienes que moverte asiduamente en tu coche. No te quedará otra que asistir a un curso de reciclaje para recuperarlos. Es inevitable. Sin embargo, la DGT no te multará si te pilla conduciendo sin puntos pero, ojo, sólo en este caso. Y no es fácil…

DGT

¿Cuántos puntos tienes en el carné de conducir? ¿Puedes realizar el curso de recuperación de puntos parcial si ya los has perdido todos, aunque no lo sabías? ¿Dónde puedo consultar mi salto de puntos? Muchas son las cuestiones que giran alrededor de los puntos en el carnet, pero seguramente nunca te has planteado circular con el saldo a 0. Por supuesto que no deberías hacerlo porque te la juegan. Sin embargo, hay una pequeña ventana que sí te lo permite.

Estar atentos a los puntos que tenemos en el carnet

Muchas veces no estamos al tanto de los puntos que tenemos en el carné de conducir. Y puede darse el caso real de que tengamos menos de los que creemos. Sobre todo al recibir en casa una multa que conlleva pérdida de puntos, por ejemplo, por una sanción por exceso de velocidad impuesta por un radar oculto que nos hemos ‘tragado’.

Carnet de conducir de la DGT.

Durante ese período de tiempo puede ocurrir que tengas la cuenta ya en precario y estés pensando en acudir a realizar un curso de recuperación parcial de puntos. Hasta ahí todo bien. ¿Pero qué pasa si durante ese período has perdido ya todos los puntos? ¿puedes hacer el curso parcial de puntos igualmente? Y lo más importante: ¿puedes seguir conduciendo? Puedes conducir sin puntos en el carné, pero sólo en este caso que te explicamos más adelante.

La DGT te da dos opciones para recuperar puntos

La respuesta es sencilla. Si tienes ya el saldo de puntos agotado en el carné de conducir, ya no es posible hacer la recuperación parcial. Por lo tanto conviene estar atentos a la jugada. La DGT te permite realizar una recuperación parcial de puntos, pero siempre que tengas alguno en la cuenta. Con solo uno en el histórico de conducción te valdría.

Examen dgt Motor16

En este sentido también hay que tener en cuenta la legislación que regula el procedimiento para la declaración de pérdida de vigencia del permiso, o licencia de conducción, por la pérdida total de los puntos asignados, donde se establece que la Jefatura Provincial de Tráfico, una vez constatada la pérdida de la totalidad de los puntos asignados, iniciará el procedimiento para declarar la pérdida de vigencia de tu permiso o licencia de conducción.

Ese procedimiento se iniciará mediante acuerdo que contendrá una relación detallada de las resoluciones sancionadoras firmes en vía administrativa que hubieran dado lugar a la pérdida de los puntos, con indicación del número de puntos que a cada una de ellas hubiera correspondido. Al titular de la autorización se le dará vista del expediente, concediendo al interesado el plazo máximo de diez días para formular las alegaciones que estime conveniente.

Concluido el plazo la DGT no te dejará conducir

En este sentido hay que señalar que, mientras no se haya declarado la pérdida de vigencia, aunque tu saldo de puntos sea cero, podrás continuar conduciendo. Transcurrido el plazo indicado sin formular alegaciones, o una vez resueltas las mismas, el Jefe Provincial de Tráfico, de no ser estimadas, dictará resolución declarando la pérdida de vigencia de tu permiso o licencia, que se te notificará de inmediato, según nos aclaran desde Legálitas.

Una vez declarada la pérdida de vigencia, desde el día siguiente a la notificación de la misma, ya no podrás conducir. Para evitar sobresaltos lo mejor es que estés al tanto de los puntos que tienes en el carné. Y lo puedes hacer rápidamente, de manera telemática, consultando esta página de la DGT.