En un control de alcoholemia lo que la DGT busca es inmovilizar a aquellos conductores que suponen un riesgo para ellos mismos y los demás usuarios. Y es que pese a los avances tecnológicos, las conductas no se modifican, y en algunos casos se acentúan hacia una gravedad y riesgo escalofriantes.
Avances científicos, como los asistentes a la conducción, los sistemas de seguridad activa y pasiva, coches mas modernos y seguros, no eliminan de la ecuación, cuando se produce un accidente, al propio conductor. Es lo que no cambia nunca.
4Limites permitidos por la DGT
Con estos principios aclarados, la tasa que permite la DGT para conducir habiendo bebido es de 0,25 mg/l en aire espirado o 0,50 g/l en sangre si eres un conductor convencional. Y si eres profesional o novel, es decir tienes el carnet menos de dos años en el segundo supuesto, las tasas bajan hasta 0,15 mg/l en aire y 0,30 g/l en sangre.
Cuando estas tasas sobrepasan los 0,60% mg/l en aire (1,2 g/l en sangre), estas cometiendo un delito. En este caso te van a detener, abrir expediente sancionador acusado de infracción contra la seguridad vial, te darán fecha para juicio rápido y te pondrán en libertad con cargos, y todo eso mas, la multa económica (1000 euros), los puntos del carnet y los posibles trabajos en benéfico de la comunidad, mas un curso de reeducación vial (que tendrás que pagar, mas o menos 250 euros) en tan solo unos 20 minutos.
Si solo ha ocurrido eso, date con un canto en los dientes y piénsatelo dos veces antes de conducir con los depósitos llenos y la euforia sobre elevada. Vida solo hay una.