“Aparcaré ahí”, “¡cuidado hay un vado!”, “pero si ese vado no es actual…”, “A ver si te lleva el coche la grua”. Parecen frases destinadas a concatenarse en nuestro afanamiento diario por encontrar un hueco. Cada vez resulta más difícil aparcar y los vados no nos lo ponen nada fácil con sus imprecisiones, la verdad sea dicha.
Ciñémonos a la teoría… ¿Qué es un vado permanente? Se trata de “una licencia expedida por el ayuntamiento que reconoce y reserva al propietario de la misma el derecho de entrada y salida de un determinado acceso. Lo hace durante las 24 horas y los 365 días del año o durante una determinada franja horaria que debe aparecer reflejada en la señal R-308 que lo representa”.
¿Qué derechos te da tu vado?
Dicen que el que paga exige. Bueno pues el que paga el anualmente su vado tiene un derecho a pisar la acera y a atravesarla con el coche sin que haya ningún vehículo u objeto que pueda bloquear la entrada y salida en ningún momento.
Es decir, pagas el vado para poder entrar y salir de esa vivienda o local, pero ojo porque el mencionado vado permanente no reconoce ningún derecho de propiedad sobre el tramo de acera de la vía pública que tienes frente a tu garaje. Ahora bien, cuestiones como la vigencia de los vados son cosas que no solemos tener claras del todo, así que vamos a resolver esa manida duda.