Hace no muchos años se destapó una red de compraventa de coches usados que presumiblemente deberían dar de baja nuestro coche y fueron empleados como parte del Plan Prever de entonces. Del mismo modo se detectó que determinadas unidades de coches viejos nacionales en lugar de acabar en un desguace, tal y como estaba previsto, eran embarcados y trasladados hasta países africanos.
Negocios todos al margen de la ley que pueden meter en un serio problema legal al propietario del mismo. Que en muchos casos había entregado su coche de buena fe en un concesionario o en un desguace.
Dar de baja de manera oficial
Para ello la DGT ha redefinido el proceso de baja determinando la existencia de tres tipos de baja.
- Baja ordinaria
Cuando el vehículo llega al final de su vida útil debe llevarse a un desguace, técnicamente Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos. Allí cuentan con los medios técnicos necesarios para el reciclaje de todas las partes así como la reutilización de las mismas. En paralelo ellos mismos se encargan de realizar el proceso de baja en tráfico y emitirán un certificado de que ha sido de baja. Como propietario debes exigir siempre este documento. En el desguace necesitarán: el vehículo que vas a dar de baja, la documentación original (ITV y tarjeta de circulación) y la declaración responsable de baja firmada por el propietario.
- Baja por traslado
Si vas a irte de España a otro país y quieres llevarte el coche debes solicitar la baja definitiva por exportación. Te facilitarán placas verdes una vez que está gestionada para el desplazamiento. En este caso necesitarás el impreso oficial, la identificación del propietario, la documentación original del coche y el justificante de pago de los 8,59 euros de la tasa.
- Baja para vehículo histórico
La calificación de un vehículo como histórico requiere la baja previa en la DGT. En este caso necesitarás el impreso oficial, la documentación original y la acreditación del valor histórico del coche.