La tasa de alcohol permitida en España sigue siendo 0,5 g/l en sangre y 0,25 miligramos por litro de aire espirado para la mayoría de los conductores.
La rebaja que la DGT llevaba años reclamando se ha quedado, otra vez, a las puertas. La convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre y la disolución de las Cortes han dejado decaída la proposición de ley que iba a endurecer el límite. En la práctica, nada ha cambiado al volante: mismos números, mismas multas y mismos puntos en juego.
Qué tasa de alcohol permitida se aplica hoy, cifra a cifra
El umbral vigente no se toca desde 1998 y se expresa de dos maneras: en gramos por litro de sangre o en miligramos por litro de aire espirado. La segunda es la que verás en un control, porque es la que mide el etilómetro, el aparato que utiliza la Guardia Civil de Tráfico en carretera.
- Conductores en general: 0,5 g/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado.
- Noveles y profesionales: 0,3 g/l en sangre o 0,15 mg/l en aire, es decir, prácticamente margen cero.
- Cómo se comprueba: si el primer test sale positivo, puedes pedir un segundo análisis con etilómetro evidencial y, si insistes, el contraste en sangre.
Ojo con la cuenta de las copas: no existe un número que valga para todos. El peso, el sexo, si has comido o cuánto tiempo ha pasado cambian el resultado, así que la única referencia fiable es cero.
Por qué la bajada a 0,2 g/l no ha entrado en vigor
La propuesta que se ha caído planteaba una tasa única para todos: 0,2 gramos por litro de sangre, el equivalente a 0,1 miligramos por litro de aire espirado. Habría alcanzado también a los conductores particulares, borrando la diferencia con los profesionales. El texto modificaba los artículos 76, 77 y 80 de la Ley sobre Tráfico y el anexo II, que puedes consultar en el texto consolidado publicado en el BOE, y convertía en infracción grave conducir por encima de ese umbral.
El Congreso dio el primer paso el 29 de septiembre: 173 votos a favor, 168 en contra y cinco abstenciones. Era la toma en consideración, no la aprobación definitiva. Poco después llegó la convocatoria electoral, se disolvieron las Cortes y el texto se fue con ellas. Ya había ocurrido en marzo, cuando la Comisión de Interior tumbó una iniciativa idéntica por 18 votos frente a 19.
El director general de la DGT, Pere Navarro, ha reconocido que ‘el tema estaba atado’ y ha atribuido el frenazo al adelanto electoral. También ha señalado la presión de intereses particulares detrás del rechazo anterior y ha insistido en que la medida acabará aprobándose.
Cuánto cuesta en euros y cuántos puntos pierdes
Aquí llega lo que de verdad te afecta: la sanción no se ha movido ni un euro. Dar positivo por encima de la tasa permitida es infracción grave y se castiga con 500 euros y 4 puntos menos. En los supuestos más serios, la cifra sube hasta los 1.000 euros y los 6 puntos.
Si pagas en los 20 días siguientes a la notificación, el pronto pago se queda en la mitad: 250 euros en el caso tipo. Eso sí, esa rebaja implica renunciar a alegar y dar la multa por buena.
Mientras la ley no cambie, tu límite sigue siendo el mismo, y cero es la única cifra que te garantiza volver a casa
Hay además una frontera que muchos conductores desconocen: por encima de 0,60 mg/l en aire espirado, la conducción con alcohol deja de ser un asunto administrativo y puede acabar en el juzgado como delito contra la seguridad vial. La diferencia entre una multa y una condena está, muchas veces, en un solo vaso.
Y no olvides el efecto carnet: los puntos no vuelven solos, porque el Reglamento General de Conductores (RGC) obliga a pasar por un curso de sensibilización homologado para recuperarlos. Si agotas el saldo, toca volver a examinarse.
Qué puede pasar a partir de ahora
La foto no es nueva. El actual 0,5 g/l arrastra casi tres décadas sin cambios, mientras otros países europeos, como Suecia, Noruega o Polonia, ya trabajan con umbrales de 0,2 g/l. La Dirección General de Tráfico defiende desde hace años que rebajar la tasa es la vía más directa para reducir los siniestros mortales, y su director general sostiene que la norma saldrá adelante más pronto que tarde.
El calendario, eso sí, depende de la política. Con las Cortes disueltas por las elecciones del 29 de noviembre, cualquier texto debe volver a registrarse una vez se constituya la nueva Cámara, y nadie pone fecha a ese trámite. Mientras tanto, el escenario real es el de siempre: controles de la Guardia Civil de Tráfico en carretera, pruebas de aire espirado y sanciones que se pagan del bolsillo.
Lo que sí puedes controlar es tu decisión. Si vas a conducir, no bebas; y si has bebido, no cojas el coche ni al día siguiente por la mañana, porque el alcohol sigue circulando por el organismo muchas horas después de la última copa. La campaña ‘Elegir SIN alcohol al volante es la caña’ apunta en esa dirección: según el estudio elaborado a partir de 2.000 entrevistas, el 47,3 % de los encuestados dice elegir cerveza sin alcohol cuando le toca conducir.
En resumen: no hay cambio legal, no hay tasa nueva y no hay rebaja de multas. La reforma sigue en la nevera y las cifras con las que te juegas el carnet son exactamente las mismas. Apunta el 0,5, recuerda el 0,3 si eres novel o profesional y no te fíes de la intuición.
Claves de la Normativa
- A quién afecta: a todos los conductores, con umbral reforzado para noveles (menos de dos años de carnet) y profesionales.
- Cifras a tener en cuenta: 0,5 g/l en general y 0,3 g/l en noveles y profesionales; multas de 500 a 1.000 euros y de 4 a 6 puntos menos; pronto pago del 50 % en 20 días.
- Consejo para evitarlo: si conduces, cero alcohol; no te fíes del ‘solo he bebido una copa’ y desconfía del día siguiente a una noche de exceso.

