Llevar un inhibidor de radar es infracción muy grave: la sanción más alta de la Ley de Tráfico llega a 20.000 euros. Y no hace falta que te hayan cazado corriendo para enfrentarte a ella. La cuantía máxima del régimen sancionador no castiga el exceso de velocidad, sino la tecnología que deja ciego al radar de la DGT.
Para poner la cifra en contexto, un exceso de velocidad se salda con multas de hasta 600 euros y la detracción de puntos correspondiente. La ley reserva el castigo más duro de su catálogo para los aparatos que interfieren en los controles de velocidad, y ahí las cantidades se disparan. La clave está en saber qué se puede llevar en el coche y qué no.
Avisadores legales, detectores prohibidos: dónde está la línea
Muchos conductores viven con la duda de si la aplicación de navegación que usan a diario les está llevando al huerto. La respuesta es tranquilizadora: los avisadores de radar son legales y se pueden utilizar sin restricción alguna. Google Maps o Waze cruzan la posición GPS del coche con la base de datos pública de cinemómetros fijos que difunde la propia DGT, así que su uso es completamente legítimo.
El problema empieza cuando el aparato no avisa, sino que escucha o interfiere. Los detectores de radar captan las ondas de radio o láser que emiten los cinemómetros fijos y móviles, y eso ya está en el terreno de la ilegalidad. La norma vigente sanciona la mera tenencia o presencia del dispositivo en el habitáculo con 500 euros y la pérdida de 3 puntos, dé igual que esté encendido, apagado o escondido en la guantera.
Un avisador te dice dónde está el radar; un inhibidor impide que el radar te vea. Entre uno y otro hay 6.000 euros y 6 puntos de diferencia.
Porque el escalón más grave lo ocupan los inhibidores de radar, aparatos que no se limitan a escuchar la frecuencia del cinemómetro: emiten una señal activa para saturarlo, bloquearlo y anular la lectura. El resultado es que la DGT no puede medir la velocidad del coche ni captar la imagen de la matrícula. Circular con uno instalado se castiga con 6.000 euros y la retirada automática de 6 puntos del permiso de conducir.
Quién se juega de verdad los 20.000 euros
Aquí llega el dato que casi nadie tiene claro. La multa de hasta 20.000 euros no recae sobre el conductor que circula con el aparato, sino sobre la cadena de montaje y comercialización. El régimen sancionador reserva la horquilla de 3.000 a 20.000 euros para los talleres, instaladores y técnicos que vendan, incorporen o modifiquen electrónicamente los vehículos para integrar estos sistemas de interferencia.
Dicho de otro modo, el conductor que lleva el inhibidor se juega 6.000 euros y 6 puntos, mientras que el taller que lo instala puede recibir la sanción máxima del catálogo. La multa por un inhibidor de radar no entiende de matices: castiga a quien circula con él y también a quien lo vende y lo monta. Ese doble frente es lo que convierte a estos aparatos en el asunto más serio del régimen sancionador de tráfico.
En la práctica, cualquier control de la Guardia Civil de Tráfico puede acabar en acta sin que hayas superado un solo límite. Basta con que el aparato esté en el interior del vehículo, encendido o no, para que la sanción se aplique. Y si compraste el coche de segunda mano, conviene revisar qué esconde el salpicadero antes de que lo descubra un agente en carretera.
Qué mirar antes de instalar cualquier aparato en el coche
La frontera práctica entre lo legal y lo ilegal es más sencilla de lo que parece. Si el aparato necesita instalación, antena o cableado en el coche, casi seguro que estás fuera de la ley. Si es una aplicación móvil que te avisa de un cinemómetro publicado por la DGT, vas por buen camino. Todo lo que emite señal o capta una emisión ajena entra en el terreno de las infracciones muy graves, y ahí las cuantías se mueven en miles de euros, no en cientos.
El error más caro es comprar un detector creyendo que sirve para lo mismo que un avisador. No es así: el salto va de cero euros a 500 euros y 3 puntos solo por llevarlo, y de ahí a los 6.000 euros y los 6 puntos si el aparato interfiere de verdad. Cuatro cifras que conviene grabarse antes de picar en una oferta de internet.
Merece la pena quedarse con la idea de fondo: la DGT no persigue al conductor que consulta dónde están los radares, sino al que intenta que los radares no vean nada. El marco está en la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, y las cuantías no dependen de la velocidad a la que circules ese día. Apunta la diferencia y no te expongas a una sanción que se cuenta en miles de euros.

