comscore

DGT: todas las multas por las que te quitan puntos del carné

El pasado mes de marzo se aprobó la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que agravó algunas de las multas para determinadas conductas que la DGT considera que tienen un mayor riesgo para la seguridad vial y se aumentaron los puntos del carné que nos pueden quitar por cometer infracciones como no utilizar el cinturón de seguridad, llevar el móvil en la mano o adelantar a ciclistas sin respetar la suficiente separación.

El permiso de conducir por puntos está en vigor en España desde 2006 y cada conductor parte con 12 créditos, que se van restando a medida que comete infracciones. Los conductores noveles y los que obtienen un nuevo el permiso después de que se les haya retirado tienen 8 puntos, mientras que para el resto, si en tres años no se cometen infracciones, a los puntos iniciales se suman dos más. Y en otros 3 años sin ser sancionados, se suma otro punto más, hasta un máximo de 15.

Los puntos del carné se pierden por cometer alguna infracción grave o muy grave y te pueden quitar desde 2 a 6 puntos, dependiendo de la gravedad. Estas son todas las causas por las que la DGT te puede restar puntos y las multas que tendrás que pagar.

Las sanciones por exceso de velocidad son las más frecuentes, según la DGT

1
Infracciones por exceso de velocidad

drogas

El exceso de velocidad es un factor de riesgo presente en casi el 20% de los accidentes con víctimas y las infracciones por esta causa suponen dos de cada tres sanciones impuestas por la DGT en vías interurbanas. Superar los límites permitidos se considera una infracción de grave a muy grave y está castigada con la resta de 2 a 6 puntos y multas que van desde los 100 a los 600 euros.

Además, superar la velocidad permitida reglamentariamente en 60 km/h en ciudad y en 80 km/h en carretera está considerado como delito (art. 379 Código Penal) castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Espalda