En los últimos años, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha intensificado sus esfuerzos para garantizar que los conductores cumplan con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), imponiendo multas a aquellos que no han completado esta revisión obligatoria.
Sin embargo, surge una pregunta intrigante: ¿es legal multar a un automóvil estacionado por no tener la ITV al día? Una reciente resolución judicial en Madrid ha arrojado luz sobre esta controversia, desencadenando debates sobre la validez y los fundamentos de estas multas.
2Ausencia de infracción al no pasar ITV estando estacionado

La resolución judicial en cuestión ha causado revuelo al anular una multa de 200 € impuesta al dueño de un vehículo estacionado que no había superado la ITV. El tribunal sostuvo que el acto ilícito sancionable según el artículo 76 o) de la Ley de Seguridad Vial está relacionado con la circulación del vehículo y no con el incumplimiento de someterlo a la ITV de manera periódica. Esta distinción resulta crucial para determinar la validez de la multa cuando se trata de un vehículo estacionado.
La sentencia puso de relieve que el artículo 10.1 del Reglamento General de Vehículos establece la obligación de someter a los vehículos a inspecciones periódicas, pero no define ninguna conducta infractora ni especifica las consecuencias legales por no cumplir con esta obligación. Por lo tanto, no existe una base legal sólida para imponer una multa a un vehículo estacionado por no tener al día la ITV.