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El ‘detalle’ que debe tener la multa de la ZBE que te llega a casa: si no aparece es nula

Recibir una multa por acceder a una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) sin la etiqueta ambiental adecuada puede ser un dolor de cabeza para cualquier conductor. Sin embargo, un fallo reciente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid podría cambiar las reglas del juego. Según esta sentencia, si la foto que acompaña la sanción no muestra claramente la señal de limitación de acceso, la multa es inválida. Esto abre la puerta a que cerca de 2 millones de sanciones impuestas por el Ayuntamiento de Madrid desde 2021 sean anuladas.

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¿Cómo recurrir a una multa de la ZBE?

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Recurrir una multa de la ZBE comienza presentando un escrito de alegaciones al Ayuntamiento de Madrid, dentro del plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la sanción. En este escrito, se debe exponer por qué la multa es improcedente, haciendo hincapié en la falta de pruebas suficientes, como la ausencia de la señal de restricción en la presentación de fotografía. Si el Ayuntamiento desestima las alegaciones, puedes acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, donde tendrás que fundamentar tu recurso con base en sentencias previas como la emitida por el Juzgado nº 33, que reconocen este defecto de forma como motivo de nulidad.

Este proceso, aunque puede parecer complejo, es más accesible con el apoyo de asociaciones como Automovilistas Europeos Asociados (AEA) o abogados especializados en Derecho de Tráfico.