Hoy hablaremos de este tema: La multa de la DGT por fotocopiar o fotografiar el carnet de conducir.
Con respecto al carnet de conducir… ¿el conductor tiene que llevar sí o sí el original o puede llevar consigo una fotografía del mismo?
Pues en este artículo los lectores lo vais a descubrir y es que se trata de un tema que resulta un tanto interesante.
Lo primero que dice este organismo es que hay que llevar el permiso de conducir en el momento en el que se va a coger el vehículo.
2¿Te puede multar la DGT por llevar el carnet fotocopiado?
Hay que tener en cuenta un dato que resulta importante y es que el DNI no siempre e llega a pedir de la forma que resulta adecuada y esto lo sabe bien la DGT.
Hay empresas que solicitan, sin ningún tipo de justificación, fotografiar o fotocopiar una copia del DNI o del carnet de conducir.
Pero hay que aclarar que en determinados casos se trata de una acción que es ilegal y esto lo tienen que saber los conductores.
La Agencia Española de Protección de Datos o AEPD alerta a los usuarios sobre el peligro de privacidad que entraña esta práctica que en ocasiones resulta muy común.
Hay que tener en cuenta que las réplicas de ciertos documentos como pueden ser el DNI o el carnet incluyen información personal que puede ser utilizada por otras personas.
Lo que tienen que saber los lectores es que estos datos pueden ser empleados para cometer actos de estafa además de ciberdelincuencia porque suplantan la identidad.