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domingo, 27 julio 2025

La Guardia Civil multa a un conductor por ir hablando por el móvil y un Juzgado la anula: esta es la excusa que han puesto y que te servirá de salvoconducto

En España, las sanciones por exceso de velocidad, consumo de alcohol y utilizar el móvil al volante están a la orden del día. De hecho, están en el ranking de multas que más pone la Guardia Civil y también detrás de muchos de los accidentes que se producen cada año en las carreteras españolas.

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Pero ojo, porque igual que un Guardia Civil te pone una multa, juzgado te la puede anular. Es lo que le ha pasado a un conductor, pues le pusieron una sanción de 200 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir por utilizar el móvil al volante. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid anuló la multa para salvaguardar la presunción de inocencia del conductor.

¿Te puede pasar a ti? Este juez ha sentado un precedente que ahora cualquier conductor puede utilizar a su favor. Veamos qué ocurrió.

El principio de autoridad de la Guardia Civil no fue suficiente

Control Guardia Civil
Fuente: Agencias

La Guardia Civil dio el alto a un conductor para pedirle la documentación e informarle de que le habían puesto una multa de 200 euros y 6 puntos por utilizar el móvil mientras conducía. Una situación completamente rutinaria y bastante habitual en el día a día de cualquier agente de tráfico, aunque el desenlace seguro que no fue como esperaban.

El conductor recurrió la multa y el asunto terminó en los tribunales. Ahora, meses después de la sanción, el juez ha fallado a su favor al considerar que no hay ninguna prueba directa que demuestre que el conductor estaba usando el móvil. No había imágenes ni ninguna llamada registrada en ese momento, pues la Guardia Civil solo aplicó el principio de autoridad para ponerle la multa.

En la resolución, el magistrado recuerda que la Administración debe aportar pruebas objetivas que ‘destruyan’ la presunción de inocencia. Igual que cuando te ponen una multa por exceso de velocidad debe ir acompañada siempre de la correspondiente foto, porque si no se considera nula. En este caso, la Guardia Civil no pudo probar que el conductor realmente estaba utilizando el móvil, así que el juez considera que el principio de autoridad no es suficiente para multarle y respeta la presunción de inocencia.

De hecho, el juez especificó en el fallo que, según los datos del expediente, el conductor no estaba realizando ninguna llamada a la hora de la denuncia. Y eso desmontó por completo la acusación de los agentes.

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¿Es un truco legal o una llamada de atención?

Conducir movil edited Motor16
Fuente: Freepik

No es la primera situación de este tipo que nos encontramos por sanciones que no llegan acompañadas de una prueba válida y, por tanto, los juzgados suelen anularlas. En cualquier caso, el debate ya está servido.

El uso del móvil al volante es una de las distracciones más peligrosas que existen y está detrás de cientos de accidentes que se producen al año. De hecho, la Dirección General de Tráfico (DGT) y la Guardia Civil nos conciencian a diario sobre lo peligroso que es. Y la última reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) elevó la pérdida de puntos por usar el móvil de 3 a 6.

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Ahora bien, ¿cómo se prueba una infracción que puede producirse en cuestión de segundos y sin testigos? Si no hay imágenes ni llamadas, como ha pasado en este caso, ¿hasta qué punto es legal basar la multa en lo que dice un agente? Ahora, la justicia ha dado prioridad a la seguridad jurídica y a los derechos del denunciado.

Y aunque no convierte esta ‘excusa’ en un salvoconducto universal, sí nos recuerda que toda sanción debe estar debidamente fundamentada y justificada. Así que si alguna vez recibes una multa que no se corresponde con la realidad o la Administración no ha aportado pruebas sólidas, estás en todo tu derecho de recurrirla, y tienes bastantes papeletas de que la justicia falle a tu favor.

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