La excusa que la DGT ha puesto para examinarte del carnet de 125 no se la creen ni los niños pequeños.
¿Puede este organismo obligar a los conductores a que realicen un curso para poder conducir determinado tipo de motos?
Pues sí y no y es que parece ser que este año 2024 viene cargado de sorpresas por parte de este organismo.
En el caso de que tengas una moto de 125 cc quédate y sigue leyendo porque esta noticia te va a interesar.
2La DGT quiere resolver un problema de movilidad
La DGT quiere que los conductores de motos de 125 cc realicen un examen con el fin de demostrar que pueden conducir este tipo de vehículos.
Además el texto del Real Decreto 818/2009 establece los permisos que resultan necesarios para que los conductores puedan circular con motocicletas.
Cualquier persona que cuente con permiso B y tenga más de 3 años de antigüedad, puede conducir motocicletas que estén permitidas por el permiso de clase A1 en España.
Hay que mencionar que el permiso A1 o el B cuentan con unas condiciones que son especificadas y habilitan para poder conducir motocicletas específicas.
Aquellos que tengan el carnet B o el A1 pueden conducir motocicletas eléctricas que se encuentren homologadas como 45 o 125 cc.
Tendrán que contar con una carga máxima de 150 kilogramos y el motor eléctrico tendrá una potencia de unos 11 kW.