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La nueva multa de la DGT por llevar al perro en el coche

A partir de ahora, hay que tener precaución y cuidado si conduces con tu mascota en el vehículo. Es que la Dirección General de Tráfico (DGT), además de aplicar muchas sanciones que entraron en vigor desde el 21 de marzo y por las que te pueden recaer varias multas, recuerda la importancia de llevar a los animales de la forma correcta en el coche. Los valores de estas penas pueden rondar entre los 80 y 500 euros, la misma se considera una falta que puede perjudicar la seguridad del conductor y de los demás usuarios de las rutas españolas.

Sin embargo, el organismo que ordena las carreteras no tiene una norma clara para esta situación. En el artículo 18.1 del reglamento señala que: «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».

DGT: reforzar en caso de colisión

De este modo, si se produce un accidente, dejar al animal suelto en la parte de atrás del vehículo es la elección menos indicada. Pues, la mascota terminaría volando hasta el sitio del chofer, lo que ocasionaría lesiones severas y graves para ambos. Otro de recurso que tampoco es muy recomendable, es llevar al perro sujetado con un solo arnés debido a que se rompería el enganche sencillamente. De la misma forma, llevarlo enganchado con dos arneses sería conveniente, pero únicamente si estos tienen un dispositivo de corta unión.