La Dirección General de Tráfico (DGT) va a poner en marcha una nueva medida a la puerta de las vacaciones de verano que tiene mucho que ver con la velocidad a la que circulas al pasar por delante de un radar. Siempre existe un pequeño margen que muchos conductores utilizan a su favor para poder sobrepasar el límite en unos pocos km/h, pero ahora se te va a acabar el chollo.
Tráfico siempre nos da ese pequeño colchón al pasar por un radar, pues no te multa si pasas a 121 km/h por un tramo que es de 120 km/h. El margen es algo más amplio, distinguiendo siempre entre cinemómetros fijos y móviles, pero ahora la DGT tiene previsto reducirlo todavía más. ¿El motivo? Llevan nuevos radares a las carreteras españolas que son mucho más precisos y tienen más tecnología, así que no necesitarán concederte ese margen.
Y no es la única medida que va a afectar al día a día de los conductores en España. Este 2025 también va a entrar en vigor la nueva tasa de alcoholemia que, en la práctica, será de 0,0.
Este es el cambio que la DGT hace con sus radares

Hasta ahora, los conductores tenemos con cierto margen para no recibir una multa al pasar por delante de un radar de velocidad. Esa ‘tolerancia técnica’ que no es más que una respuesta a la posibilidad de error en la medición de los radares. De ahí las conocidas reglas del 5 y del 7%: en radares fijos se permitía un 5% (o 5 km/h en vías urbanas) y en móviles, un 7%.
Por ejemplo, en autovía o autopista, un radar fijo ahora mismo no salta hasta superar los 126 km/h, y uno móvil lo hace a partir de los 128 km/h. En ciudad, el margen permite hasta 57 km/h en zonas de 50, siempre dependiendo del tipo de radar. Sin embargo, la DGT ha mejorado mucho la precisión de estos dispositivos, lo que lleva a reducir los márgenes porque ya no es tan necesario tener ese ‘colchón’.
A partir de ahora, los cinemómetros fijos funcionarán bajo la regla del 3: 3 km/h de margen en vías con límite inferior a 100 km/h (es decir, salta a 33 km/h en zonas de 30 o a 53 km/h en zonas de 50) y un 3% en vías rápidas. Es decir, en autopista, el radar fijo puede saltar ya a partir de los 123-124 km/h.
En el caso de los radares móviles, la regla del 7 deja paso a la del 5%. Por tanto, un radar móvil en autovía ahora te puede multar si pasas de los 126 km/h.
Es cierto que el cambio es mínimo y quizá lo pases por alto en tu día a día, pero viene bien si eres de esos conductores que siempre circula al margen de todas las normas. De esta manera, la DGT busca reducir la velocidad media real en carretera y, en consecuencia, el número de víctimas mortales. Ya multan a los que superan ampliamente los límites, pero ahora también van a por quien circula con un exceso leve, pero constante.
Otra novedad: nueva tasa de alcoholemia en 2025

Hay otra medida que está encima de la mesa y que la DGT va a aprobar en algún momento de este 2025, aunque todavía no hay una fecha definitiva. Es la rebaja de la tasa de alcoholemia, pues ahora darás positivo con 0,2 g/l en sangre o 0,1 mg/l en aire espirado.
No es una tasa 0,0, como quiere la DGT, porque tendría muchas implicaciones a nivel legal que darían problemas. Sin embargo, Pere Navarro ha reconocido en muchas ocasiones que, en la práctica, será una tasa 0,0, porque darás positivo con solo tomarte una copa o una cerveza.