Una pregunta que algunos conductores se ha hecho en algún momento: ¿Puedo aparcar en sentido contrario a la marcha? La DGT te lo deja bien claro.
Algo que hay que dejar claro antes de comenzar el artículo de hoy es que los conductores no pueden aparcar de cualquier manera porque pueden ser sancionados por los agentes de Tráfico.
Pues, en el día de hoy, os diremos que la Dirección General de Tráfico os va a explicar de forma detallada si vais a poder aparcar en sentido contrario a la marcha o no.
4La DGT prefiere que los conductores cumplan con las normas
La DGT o Dirección General de Tráfico lo que quiere es que los conductores cumplan con las normas y que no aparquen de cualquier manera porque pueden ser sancionados.
Es por ello que, si te surgen dudas sobre la forma correcta de estacionar el vehículo, tendrías que echar un vistazo a la información que se ha facilitado en este artículo y tendrías que acudir a la página web del organismo para tenerlo todo claro.
En ocasiones hay Ayuntamientos que no permiten que los conductores aparquen en sentido contrario a la marcha pero algunos parece ser que hacen la vista gorda o ponen sancione que no son muy altas.
Hay que tener claro que no se puede aparcar un vehículo ni en mitad de la calle, ni en segunda fila, ni de cualquier manera porque el conductor estaría cometiendo una infracción.