¿Llevas en el coche todo lo que la ley te obliga a llevar? Documentación, chaleco, baliza V16 desde el 1 de enero de 2026, ¿triángulos? La Guardia Civil explica todo lo que es obligatorio por ley y también aclara todas las cosas que simplemente son recomendables.
Hay elementos básicos que sí o sí tienes que llevar en el coche por ley, y muchos otros que quedan a discreción de los conductores. No te van a multar si no llevas estos últimos, pero conviene hacerlo por una cuestión de seguridad vial. A continuación, repasamos cuáles entran en cada ‘saco’.
La Guardia Civil avisa: esta es la documentación y el equipamiento obligatorio

Para empezar, hay tres documentos que sí o sí tienes que llevar cuando conduces. Son comunes y obligatorios en toda España, y suele ser lo primero que te pide un agente de la Guardia Civil si te para:
- Permiso de conducir.
- Permiso de circulación.
- Tarjeta de la ITV.
Puedes llevar los documentos originales o digitales a través de la app MiDGT. Hace unos años, también era obligatorio llevar la póliza del seguro o un recibo del último pago, porque la Guardia Civil tiene maneras de comprobar si está en vigor. De todas formas, si estás acostumbrado a llevarlo y quieres mantenerlo, también puedes hacerlo perfectamente.
En cuanto al equipamiento, hay elementos que son obligatorios. Para empezar, el chaleco reflectante es uno de ellos, y debe ir en el compartimento de la puerta o en un lugar accesible, nada de meterlo en el maletero. Además, la norma exige utilizarlo si te bajas del vehículo en una vía interurbana por avería o accidente. Si no, la sanción puede ser de hasta 200 euros.
También es obligatoria la pegatina de la ITV, recuerda la Guardia Civil. Y si en tu carnet de conducir aparece el código ’01’, también estás obligado a llevar gafas o lentes de contacto. Eso sí, no es necesario llevar unas de repuesto en el coche, pero sí bastante recomendable por si tienes un susto o pierdes las tuyas.
En cambio, la rueda de repuesto, el kit antipinchazos o las bombillas de recambio ya no son obligatorios desde hace años. Tampoco lo es un extintor en turismos particulares, aunque eso en ningún caso significa que no sean útiles.
Triángulos y baliza: ¿qué tengo que llevar a partir de 2026?

Por otro lado, ¿qué va a pasar a partir del 1 de enero de 2026 con la baliza V16 y los triángulos de emergencia? La Guardia Civil insiste en que baliza será el único dispositivo de preseñalización de peligro válido y ya no tenemos que utilizar los triángulos. Por eso, eliminamos los triángulos de la ‘ecuación’ y los cambiamos por la V16, que debe estar conectada y homologada por la Dirección General de Tráfico (DGT).
Ahora bien, ¿los triángulos pasan a estar prohibidos? No exactamente. Lógicamente, el único dispositivo obligatorio y válido para señalizar una parada en el arcén, avería o accidente es la baliza V16 y los triángulos ya no hacen falta. La multa por no llevarla será de 80 euros, aunque la DGT ha confirmado que serán flexibles y que la prioridad los primeros meses será concienciar a los conductores y no sancionar.
La duda que surge en este sentido es que muchos conductores se preguntan si será legal utilizar los triángulos junto con la baliza V16 en carreteras con mala visibilidad para reforzar la seguridad. La Guardia Civil ha recomendado seguir llevándolos en el coche como un ‘complemento’ en curvas, cambios de rasante o condiciones de luz complicada. Además, la DGT también ha reconocido que no van a multar a ningún conductor, siempre que coloquen los triángulos de emergencia con total seguridad.







