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domingo, 18 enero 2026

Cuando el Código de Circulación va en contra del Reglamento General de Circulación, pero la DGT te multa a ti por circular a 120 km/h

Circular a 120 km/h ya no siempre es legal.
La DGT está bajando el límite efectivo a 100 km/h en muchas autovías.
Y no, el Reglamento General de Circulación no se ha modificado.

Conducir por una autovía española a 120 km/h siempre ha sido, para millones de conductores, sinónimo de circular dentro de la ley y bajo el paraguas normativo de la DGT. Es una cifra grabada a fuego en la memoria colectiva desde hace décadas y respaldada por el propio Reglamento General de Circulación. Sin embargo, algo está cambiando en las carreteras, y no precisamente en los textos legales que muchos creen inamovibles.

En los últimos meses, la sensación de desconcierto entre los conductores se ha intensificado. Cada vez son más los que reciben una multa de la DGT después de ser cazados por un radar a 120 km/h en una autovía o autopista. Pero el problema no es el velocímetro ni el radar: es la creciente contradicción entre la norma general y la señalización específica que está transformando el límite real de velocidad en España.

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El límite legal que no cambia, pero tampoco protege

límite 120 km/h
Fuente: Freepik

Desde un punto de vista estrictamente jurídico, el Reglamento General de Circulación es claro: la velocidad máxima genérica en autopistas y autovías es de 120 km/h para turismos y motocicletas. La norma sigue vigente y no se ha derogado ni modificado. Lo que ocurre es que esa cifra ha dejado de ser, en muchos casos, la referencia real para el conductor.

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La DGT se apoya en un principio básico del derecho vial: la señalización específica prevalece sobre la norma general. Es decir, aunque el reglamento hable de 120 km/h, una señal vertical que marque 100 km/h convierte automáticamente ese nuevo límite en obligatorio. El conductor que no respete la señalización será sancionado, incluso aunque crea de buena fe que circula conforme a la ley.

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