La DGT ha perdido 392 recursos de multas de 200 euros por pisar la línea continua en los accesos a Madrid.
Las resoluciones las ha ganado la firma DVuelta, dedicada a la defensa de conductores, y todas se han cerrado en vía administrativa, sin llegar a los tribunales. El goteo empezó cuando las cámaras que vigilan la línea continua entraron en funcionamiento, en noviembre de 2025.
Qué ha admitido Tráfico al archivar los expedientes
En los 392 casos, la DGT ha resuelto archivar el procedimiento. El argumento es siempre el mismo: la operativa de las cámaras no se ajusta a la legislación. Lo ha admitido la propia Administración en la resolución, sin que hiciera falta que lo dictara un juez.
La denuncia tipo llega con este texto: ‘No respetar una marca longitudinal continua, sin causa justificada. Infracción captada por cámara de control’. Son 200 euros y el aviso se repite igual en cada expediente.
El sistema funciona con dos cámaras de reconocimiento de matrícula por punto: una al principio del carril protegido por la línea continua y otra al final. La denuncia nace de cruzar las dos lecturas. Si en la primera imagen el coche aparece fuera del carril y en la segunda dentro, el sistema concluye que ha atravesado la línea. Lo que no aporta es la imagen del instante exacto, y cuando una denuncia se apoya en un sistema de captación de imágenes, esa prueba fotográfica es obligatoria.
Dos lecturas de matrícula separadas por metros no prueban cuándo ni por qué cruzaste la línea continua.
DVuelta ha revisado los expedientes uno a uno y ha comprobado que la fotografía del momento de la maniobra no existe. Dos capturas de matrícula separadas por metros no acreditan dónde, cuándo ni por qué se produjo el cruce, ni si había una causa que lo justificara. Con la presunción de inocencia como punto de partida, el expediente se sostiene mal.
Hay dos fallos más que se repiten. En los archivos no consta la placa identificativa de la cámara, un requisito legal. Y los tramos vigilados deben estar señalizados con carteles que adviertan de la videovigilancia, algo que tampoco aparece documentado.
Dónde están las cámaras y qué falla en el expediente
Las cuatro instalaciones están en autovías de entrada a la capital y todas funcionan en sentido decreciente, es decir, hacia Madrid:
- A-1, kilómetro 15,9, en Alcobendas.
- A-2, kilómetro 11,8, en el entorno de Barajas.
- A-6, kilómetro 20,2, en el término municipal de Las Rozas.
- A-42, kilómetro 16,9, en Getafe.
El patrón se repite en las cuatro ubicaciones: no hay imagen del eje del vehículo sobre la marca longitudinal, no hay identificación del dispositivo y no hay cartel que avise del control. Tres piezas que deberían sostener la sanción y que, en la práctica, dejan el expediente apoyado solo en el cruce de dos matrículas.
Cómo revisar tu multa de la línea continua antes de pagar
La firma que ha ganado los recursos recomienda no abonar la sanción por inercia. Estos son los pasos que han funcionado en vía administrativa:
- Revisa el expediente antes de pagar y comprueba si incluye la imagen del instante en que el vehículo pisa la línea.
- Solicita la prueba fotográfica completa y verifica si aparecen la identificación de la cámara y la señalización del tramo.
- No uses el pago con descuento si piensas alegar: acogerse al 50% en los 20 días siguientes implica renunciar a presentar alegaciones.
- Presenta el escrito ante la Jefatura Provincial de Tráfico con matrícula, número de expediente y el motivo concreto.
Qué pasa ahora con las sanciones y con el resto de ciudades
Tráfico no ha recurrido ninguna de esas resoluciones, pero tampoco ha cambiado el sistema. Las sanciones siguen saliendo y los recursos se resuelven de uno en uno, cuando el conductor alega. Dicho de otro modo: la Administración archiva cuando se le pide, no de oficio.
No es la primera grieta. Semanas antes de que se conocieran estos 392 casos, un automovilista había ganado un recurso contra una multa impuesta en enero de 2025. El criterio que se repite es siempre el mismo: si la denuncia se basa en una cámara, tiene que haber imagen del hecho y tiene que estar identificado el medio técnico que lo captó.
Ese criterio no entiende de administraciones. Vale para las cámaras de la DGT y para cualquier denuncia automatizada que llegue desde un ayuntamiento, porque la exigencia de prueba no cambia según quién firme el papel. Lo que sí cambia es la respuesta: el mismo sistema que archiva expedientes en Madrid sigue multando en esos cuatro puntos mientras no se corrija.
Mientras no haya un cambio de operativa, la vía útil sigue siendo individual: revisar el expediente, pedir la foto y alegar antes de pagar. No hay fecha anunciada para que Tráfico modifique las cámaras, así que el próximo hito lo marcará cada conductor que reciba una denuncia en el buzón.

