Multa por la ITV caducada: 200 euros aunque lleves en el parabrisas la pegatina de otro coche

La Audiencia Provincial de Córdoba absuelve del delito penal a un conductor que llevaba la pegatina caducada de otro vehículo, pero la sanción administrativa de 200 euros sigue intacta. La clave está en si el coche circula y en si existió intención real de falsear.

La multa por ITV caducada sigue siendo de 200 euros aunque lleves en el parabrisas la pegatina de otro coche. Lo deja claro, por la vía de los hechos, una resolución de la Audiencia Provincial de Córdoba que absuelve a un conductor del delito de falsedad documental, pero no le devuelve la condición de vehículo en regla.

El caso arranca a finales de 2025, cuando agentes de la Policía Local de Córdoba interceptaron en el casco urbano una furgoneta con un distintivo de la ITV de 2025 y el mes de agosto troquelado. El problema es que el plazo para pasar la inspección había vencido en julio. La pegatina, por tanto, no solo pertenecía a otro vehículo: además estaba caducada.

El juzgado impuso al conductor 540 euros de sanción más las costas judiciales por falsedad documental. La Audiencia Provincial ha revocado ahora esa condena y le absuelve del delito.

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El argumento del tribunal es sencillo y tiene lógica. El distintivo mostraba a simple vista que la inspección no estaba en vigor, así que no servía para ocultar el incumplimiento. Y añade una idea que conviene retener: utilizar una pegatina que no corresponde al vehículo no basta para apreciar automáticamente un delito.

Una pegatina caducada no engaña a nadie: la ITV se acredita con el informe en vigor y con el registro de la estación, no con un troquel viejo.

Conviene separar dos planos que se mezclan con demasiada facilidad cuando se habla de ITV. Una cosa es la sanción administrativa de la DGT, que llega sin pasar por ningún juez, y otra muy distinta es el Código Penal, que entra en juego cuando alguien manipula o falsifica documentos.

Cuánto cuesta de verdad circular con la ITV vencida

La cuenta es fácil y no admite interpretaciones. Según la DGT, circular con la ITV caducada o con una inspección desfavorable se sanciona con 200 euros. Si el resultado de la inspección es negativo, es decir, con defectos muy graves, la multa sube a 500 euros. Y no llevar la pegatina en el parabrisas es una infracción leve que se queda en 80 euros.

Ojo al descuento: esos 200 euros se quedan en 100 euros si abonas la sanción dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación, el conocido como pronto pago. Ninguna de estas sanciones resta puntos del carnet. El daño es exclusivamente económico.

Hay un detalle que se repite en las conversaciones de aparcamiento y taller: la sanción administrativa se apoya en que el vehículo circula. Sin circulación no hay infracción de este tipo, y ahí encaja el precedente de la furgoneta de Oviedo, multada con 200 euros mientras estaba estacionada y absuelta después porque el coche no se movía. Eso sí, aparcar en la calle con la inspección vencida no es una estrategia: cualquier desplazamiento, por corto que sea, te pone en el punto de mira.

Cuándo la pegatina ajena deja de ser multa y pasa a ser delito

Aquí está la frontera que el caso de Córdoba ha dejado retratada. Colocar en el parabrisas la pegatina verde, amarilla o roja de otro vehículo para simular que está en regla encaja en el artículo 399 del Código Penal: genera antecedentes penales y una multa judicial de 3 a 6 meses que puede alcanzar los 3.000 euros.

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Más grave todavía es falsificar el sello de la ficha técnica o el informe de la inspección. Eso se castiga bajo el artículo 392 del Código Penal con prisión de 6 meses a 2 años y multa de 6 a 12 meses. Hablamos de penas de cárcel, no de un simple recargo administrativo.

La diferencia práctica está en la intención y en el efecto. Usar el distintivo de otro coche que además está caducado no engaña a nadie. Manipular el documento para que parezca vigente, sí. Ahí se cae de lleno en el terreno penal.

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El precedente de Oviedo y lo que conviene tener claro

Los dos casos comparten el mismo hilo: los jueces miran si hubo engaño real y los agentes miran si el vehículo circulaba. Para el conductor de a pie la lectura es directa. La ITV no se arregla con un adhesivo: se arregla pidiendo cita y pasando la inspección antes de la fecha de caducidad, que figura en el informe y en la ficha técnica del vehículo.

Tener la cita solicitada puede ayudar a acreditar buena fe si te paran, pero no convierte el coche en apto para circular ni borra la sanción. Y hay un frente que muchos ignoran: la ITV vencida no anula por sí sola el seguro obligatorio, aunque en caso de siniestro la aseguradora puede revisar el estado del vehículo y discutir la cobertura de los daños propios. Arriesgarse por ahorrarse entre 20 y 60 euros, que es lo que ronda una inspección según las tarifas medias del sector, no compensa.

Punto importante para los próximos meses: si la fecha de tu inspección cae en noviembre o diciembre, pide cita con margen. Las estaciones se llenan al final de cada trimestre y no existe periodo de gracia: el día siguiente al vencimiento ya estás circulando sin ITV en vigor. Revisa la ficha técnica, apunta el mes y no lo dejes para el último viernes del plazo.