Las motos por el arcén ya son legales, pero solo bajo tres condiciones muy concretas. Desde este 1 de octubre, el Reglamento General de Circulación permite a las motocicletas circular por el arcén derecho en tramos congestionados, señalizados y sin superar los 30 km/h.
No es un permiso general ni una vía libre. La autorización se limita a puntos concretos, debidamente señalizados, y solo cuando la vía esté saturada. Fuera de esos tramos, el arcén recupera su función de siempre: espacio para emergencias, grúas, conservación y vehículos de auxilio.
Qué permite exactamente la nueva norma
La medida responde a una escena cotidiana en cualquier gran ciudad: el tráfico parado, las motos avanzando por la derecha y el resto de conductores mirando de reojo. La DGT ha preferido ordenar esa práctica antes que dejarla en tierra de nadie, y lo ha hecho con un permiso medido, con límites verificables.
Estas condiciones deben cumplirse a la vez. Si falla una, la autorización desaparece:
- Circular por un tramo expresamente señalizado para el paso de motos.
- Que ese tramo esté congestionado, con tráfico lento o detenido.
- No superar en ningún momento los 30 km/h.
- Hacerlo con una motocicleta, no con cualquier vehículo de dos ruedas.
Ese último punto es el que va a generar más dudas en los próximos días. Porque una moto no es lo mismo que un ciclomotor, ni a efectos de carnet ni a efectos de esta norma.
Ir por el arcén señalizado no basta: si el tráfico vuelve a fluir, la autorización se apaga y seguir ahí pasa a ser una infracción.
Quién puede usarlo y quién se queda fuera
La autorización habla de motocicletas, y deja fuera a los ciclomotores. No es un matiz lingüístico: son categorías distintas de vehículo, con requisitos distintos, y el permiso no los trata igual.
Quien conduzca un ciclomotor —el de menor cilindrada y velocidad limitada de fábrica— no puede acogerse a esta excepción. Aunque vea a otras motos meterse por el arcén en un tramo señalizado, hacer lo mismo con un ciclomotor sigue siendo una infracción.
Para turismos, furgonetas, autobuses y camiones no cambia absolutamente nada: el arcén derecho sigue vetado. Y conviene repetirlo, porque es donde se producen los malentendidos: esto no convierte el arcén en un carril más. Es un permiso de paso en atascos, no una nueva vía de circulación.

Por qué cambia poco y por qué importa
Antes de esta norma, el arcén era intocable para todos. Usarlo sin una emergencia real se consideraba una infracción, y así lo han entendido durante años los conductores españoles. El cambio no rompe ese principio: lo matiza en un escenario muy concreto, el del atasco con señalización específica.
La lógica que hay detrás es fácil de entender. Cuando el tráfico se detiene, muchas motos ya circulan por la derecha, y esa práctica sin reglas genera más riesgo que beneficio. Al acotarla, se busca que el paso sea previsible, lento y visible para el resto. Otros países de nuestro entorno llevan tiempo ensayando fórmulas parecidas para ordenar el avance de las motos en los atascos, y el debate de fondo es el mismo: menos improvisación, más reglas claras.
Eso sí, la medida exige disciplina por parte de los motoristas. Los 30 km/h no son una recomendación: son el techo. Circular más rápido en el arcén señalizado deja de estar amparado por la norma y devuelve al conductor a la zona de riesgo, tanto físico como sancionador. En un arcén hay vehículos parados, peatones que cruzan mal, bicicletas y salidas de emergencia. A 30 km/h se reacciona; a 60, no.
Para el conductor que no va en moto, el consejo es distinto pero igual de útil. Cuando llegues a un tramo señalizado y veas motos por la derecha, no es que estén saltándose la ley: es que la ley, ahora, se lo permite. Anticipar ese movimiento al cambiar de carril o al abrir la puerta evita sustos innecesarios.
Lo que conviene vigilar en las próximas semanas es la señalización. La norma funciona solo donde está marcada, y eso traslada la pelota al tejado de la DGT y de los titulares de las vías: tramos bien señalizados y criterios homogéneos. Si la señalización es confusa, la norma se convierte en papel mojado. A partir de ahí, todo depende de cómo se comporte el tráfico y de si la experiencia se extiende o se corrige.
Claves de la Normativa
- A quién afecta: a las motocicletas que circulen por tramos congestionados y expresamente señalizados. Quedan fuera los ciclomotores y el resto de vehículos.
- Cifras a tener en cuenta: velocidad máxima de 30 km/h y entrada en vigor el 1 de octubre de 2026. La autorización solo se aplica donde exista señalización específica.
- Consejo para evitarlo: usa el arcén solo cuando veas la señal, el tráfico esté parado y no pases de 30 km/h. Si la circulación vuelve a fluir, regresa al carril.

