La autocaravana ha ganado cada vez más adeptos en los últimos años, sobre todo después de la pandemia, porque es una forma de viajar que proporciona cierta libertad. Pero que puedas circular con la casa a cuestas en ningún caso significa que puedas aparcar o acampar en cualquier parte, y la Guardia Civil nos lo recuerda.
De hecho, lo hacen justo cuando le damos la bienvenida a la primavera, porque se acerca el buen tiempo y la época de viajar en autocaravana o camper. Igual que aumentan las reservas de alquiler de este tipo de vehículos.
Si tienes una en propiedad, quizá estás mucho más informado sobre lo que puedes y no puedes hacer con una autocaravana, pero si la alquilas, seguramente haya cosas que desconoces. Y por eso, la Guardia Civil de Tráfico ha compartido un vídeo en redes sociales para hablar de límites de velocidad, pasajeros dentro del vehículo, ITV y enganches, entre otras cuestiones. ¿Las sabías todas?
Velocidad y tipo de vehículo: la Guardia Civil avisa de que no todos los viajes son iguales
No es lo mismo conducir un coche que llevar detrás una caravana, y tampoco todas funcionan de la misma manera. De hecho, hay una normativa concreta para cada tipo de vehículo y te conviene conocerla.
En el caso de los remolques o caravanas, el límite de velocidad en autopistas y autovías es de 90 km/h, mientras que en carreteras convencionales baja hasta los 80 km/h. Lógicamente, no es lo mismo un coche que un conjunto de coche + remolque, porque la inercia también es distinta.
Las autocaravanas, en cambio, dependen mucho de su homologación. Algunas pueden circular a velocidades similares a un turismo, pero lo habitual es que se sitúen en torno a los 90 km/h. En este caso debemos tener en cuenta el peso, la distribución de la carga y cómo esté registrado el vehículo.
Y aunque no está contemplado expresamente en ningún reglamento, la Guardia Civil señala que es importante adaptar la conducción. Es decir, las frenadas son más largas, hay que aumentar la distancia de seguridad y prestar más atención a curvas o pendientes. El exceso de confianza suele ser el gran enemigo en carretera, y mucho más con un vehículo que no conoces.
Pasajeros, ITV y enganches

Otro de los recordatorios que hace la Guardia Civil, y que es precisamente una de las dudas de muchos conductores, tiene que ver con los pasajeros. ¿Se puede viajar dentro de una autocaravana o camper? La respuesta es que depende del tipo de vehículo, pero hay una norma clara. En las autocaravanas, los pasajeros deben ir correctamente sentados y con cinturón. No es una zona libre para moverse en marcha.
En cambio, en algunos vehículos camper o autocaravanas homologadas, sí está permitido que los pasajeros viajen en esa zona habitable, siempre que esté autorizado. La cuestión es la homologación, porque si no está reflejado en la documentación, no podemos asumir que esté permitido o no.
¿Y la ITV? La Guardia Civil recuerda que las caravanas ligeras (menos de 750 kg) no están obligadas a pasar revisiones habituales. Sin embargo, al superar ese peso, ya entran en el sistema habitual, con una primera revisión a los seis años y después, cada dos años.
En el caso de las autocaravanas, la primera ITV es a los cuatro años y, a partir de ahí, cada dos años hasta cumplir los 10. Después, la frecuencia pasa a ser anual, como en el caso de los turismos. Lógicamente, si es un vehículo de alquiler, no tendrás que preocuparte por esto, pero sí que tienes que tener muy en cuenta la clasificación si es propia.
Y, por último, el enganche. La bola de remolque debe estar homologada e incluida en la ficha técnica del vehículo. Además, en los remolques de mayor peso, el sistema de frenado puede ser obligatorio y, en cualquier caso, muy recomendable, según la Guardia Civil.

