La velocidad está presente en 1 de cada 4 accidentes con víctimas mortales que se producen al año, según los últimos datos de la Dirección General de Tráfico (DGT). Por ese motivo, el PSOE ha llevado al Congreso una propuesta para rebajar el margen por el que un exceso de velocidad deja de ser una infracción administrativa y pasa a ser un delito recogido en el Código Penal.
Es decir, que lo que hoy es una multa económica con retirada de puntos, en un futuro podría ser un delito con penas de cárcel. La propuesta del PSOE va en la línea de contener los excesos de velocidad, que sigue siendo un factor muy presente en accidentes de tráfico graves y con víctimas mortales.
3Cómo se detectan estos excesos de velocidad
Para determinar si un conductor supera los límites de velocidad, las autoridades utilizan distintos sistemas de medición. Los más habituales son los radares fijos, los móviles y los controles instalados en vehículos policiales. Eso sí, que el cinemómetro del coche marque 150 km/h, por ejemplo, no significa que esa sea la velocidad que capta el radar.
Para empezar, los radares tienen márgenes de error que se deben aplicar al calcular la velocidad real. El Tribunal Supremo fija normalmente un margen del 5% para los radares fijos y del 7% para los móviles. Cuando un radar detecta una velocidad que supera el límite penal, deja de ser una sanción administrativa y se abre la vía judicial.
El primer paso es identificar a la persona que conducía el vehículo. Es el titular el responsable de señalar al conductor que iba al volante en ese momento. Y si se confirma que esa persona estaba por encima del límite que contempla el Código Penal, el conductor puede terminar declarando ante un tribunal.


