La DGT encuentra un filón con las autocaravanas. Mira los cambios antes de salir este puente

La DGT actualiza las normas de estacionamiento, señales y plazos de ITV para autocaravanas y campers.

Si eres de los que disfruta de la libertad de viajar con la casa a cuestas, presta mucha atención a lo que ha preparado la DGT. La fiebre del caravaning ha aumentado mucho en los últimos años, y las autoridades quieren poner orden en un terreno que a veces era un poco pantanoso.

Seguro que has escuchado historias de amigos a los que han multado por dormir en la costa o has tenido dudas sobre cuándo te toca pasar la revisión. Pues ahora la DGT ha publicado una nueva instrucción con la que intenta aclarar todas esas dudas. Antes de llenar el depósito y salir este puente, te conviene conocer estas nuevas reglas para evitar que una escapada termine con una receta de las que duelen.

3
Nuevas señales y áreas de servicio

Fuente: Agencias

La DGT ha decidido actualizar también el catálogo de señales de tráfico. A partir de ahora verás con más frecuencia la señal S-128. Esta placa sirve para indicar que estás cerca de un punto de vaciado para caravanas y autocaravanas.

Por otro lado, la normativa ahora reconoce mucho mejor las áreas de acogida. Estas zonas son instalaciones pensadas para dar servicio, con electricidad y todos los suministros necesarios. Comunidades como Madrid, Extremadura o Navarra ya han aprobado sus propias reglas para que estos lugares funcionen como una modalidad de alojamiento turístico oficial.

Otro de los cambios más importantes que trae esta actualización afecta a la frecuencia con la que tienes que llevar tu vehículo a la ITV. La DGT separa las autocaravanas de las furgonetas camperizadas. Si lo que tienes es una autocaravana pura, que pertenece a la categoría M, los plazos son como los de cualquier otro coche. Esto facilita mucho las cosas.

Pero si tu vehículo no nació como autocaravana sino que es un furgón adaptado para vivir, lo que técnicamente se llama categoría N, las reglas son bastante más estrictas. En este caso, el Ministerio de Industria y la DGT han unificado criterios. Estos vehículos tienen que pasar la ITV cada año desde el primer día que se matriculan hasta que cumplen los diez años. Después, la ley te obliga a pasarla cada seis meses. Es fundamental que revises la ficha técnica de tu vehículo para saber en qué categoría estás y que no se te pase ninguna fecha, porque las multas por circular con la ITV caducada son importantes.

Siguiente