En la mayoría de situaciones, comprar un coche no cambia mucho la declaración de la renta. Pero si es eléctrico y lo compraste en 2025, la situación cambia. Este año, la campaña de la Renta comenzará el 8 de abril y se podrá realizar hasta el 30 de junio de 2026.
Lo más habitual al hacer el borrador es buscar deducciones y facturas que puedan hacer este trámite más beneficioso desde el punto de vista fiscal. Y muchos conductores se preguntan si tienen que declarar la compra de un coche nuevo. Si es un turismo convencional (no para uso profesional), pagado y matriculado, no tiene ningún efecto directo en el IRPF.
Pero con los eléctricos el escenario cambia, o cambiaba. Ahora mismo, la deducción está en el aire después de que el Congreso de los Diputados haya rechazado el Real Decreto-ley 2/2026 que incluía, entre otras medidas, la posibilidad de desgravarte un 15% por la compra de coches electrificados. Vamos por partes.
Qué puedes deducirte si compraste un eléctrico en 2025

Hasta ahora, la normativa permitía aplicar una deducción del 15% en el IRPF por la compra de un vehículo eléctrico nuevo, un híbrido enchufable (PHEV) o con pila de combustible, cumpliendo los requisitos que marca la ley.
La base máxima sobre la que se aplicaba ese 15% era de 20.000 euros. Es decir, aunque el coche costara más, el tope de deducción era de 3.000 euros por contribuyente. Eso sí, tiene que ser un vehículo nuevo, matriculado por primera vez en España y destinado a un uso particular. En caso de ser un vehículo reservado para una actividad económica, el trámite va por otro lado. Tampoco entran en la ley los vehículos de segunda mano.
El precio, además, debía respetar los límites fijados en el Anexo III del Real Decreto 266/2021, el marco del Plan MOVES III. Por ejemplo, en turismos M1 eléctricos o enchufables, el tope general es de 45.000 euros (53.000 euros en el caso de eléctricos de 8 o 9 plazas). Las motocicletas eléctricas tienen un límite de 10.000 euros.
Y otro detalle: si el conductor recibió una ayuda pública, como el propio MOVES III, esa subvención no forma parte de la base de la deducción. Primero se resta la ayuda y sobre el importe restante se calcula el 15%. Eso sí, todo esto está ahora mismo en el aire después de la votación en el Congreso hace solo unos días.
«Muchos contribuyentes creen que la deducción se aplica automáticamente, pero hay que incluirla en la declaración», advierte Patricia. En concreto, debe estar reflejado en las casillas 1916 a 1927 del modelo de la Renta, con datos como la matrícula y el NIF del vendedor.
El decreto que ha rechazado el Congreso: ¿qué pasará con las compras de coches en 2025?

El Real Decreto-ley 2/2026, aprobado en febrero, incluía esta deducción del 15% en la renta para coches eléctricos. Sin embargo, el Congreso de los Diputados ha rechazado, por segunda vez este año, la prórroga hasta diciembre de 2026 de la deducción del 15% para comprar vehículos electrificados y también para instalar puntos de recarga.
A día de hoy, la deducción ya no está activa y, si nada cambia, los conductores que compraron un coche nuevo en 2025 no podrán acogerse a este beneficio fiscal. Sin embargo, está más bien en el aire y puede haber un cambio en las próximas semanas y todo dependerá de si el Gobierno consigue apoyo parlamentario para reactivar la medida.
«No es momento de dar por perdida la deducción ni de asumir que se aplicará sin más. Hay que seguir de cerca lo que ocurra en el Congreso», explica Patricia.
También recuerda que las ayudas del Plan MOVES III —ahora Plan Auto 2030— deben declararse como una ganancia patrimonial en el ejercicio en el que se perciben. No cuando se solicitan, sino cuando se compran.

