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La multa que nos van a poner si aparcamos nuestra moto en la acera y atada a un banco o farola

Es una pregunta bastante común a la hora de conducir una motocicleta, sobre todo entre aquellas personas que han decidido pasar a utilizar moto recientemente. Y si bien es cierto que en algunos momentos puede resultar práctico aparcar la moto en la acera, la realidad es que esto puede acarrear ciertas multas.

A continuación vamos a conocer de forma detallada cuáles son las posibles sanciones vinculadas con el aparcamiento en la acera y el atar la motocicleta a una farola, un banco, o en general, a una infraestructura pública.

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¿Es ilegal aparcar una moto en la acera?

En un primer momento, cabe destacar que aparcar en la acera sí es una infracción prevista dentro de la legislación, para aquellas personas que no posean un permiso especial vinculado a la mobiliario público, como el que sí dispone el Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo.

Dicho esto, es necesario conocer un poco más acerca de la Ley 18/2015 y los horarios de aparcamiento en los que se permiten estas particularidades.

En este sentido, es importante saber que está prohibido aparcar en una acera en cualquier horario, día e instancia. No obstante, hay una fórmula para poder hacerlo, y se refiere a aquellas personas que cuentan con una acreditación especial del propio Ayuntamiento, que hará la correspondiente señalización indicando el tipo de vehículos permitidos, así como los horarios en los cuales se debe realizar dicho aparcamiento.

En lo referido a la infracción, la Ley de Seguridad Ciudadana nos aporta algunos detalles adicionales que la actividad legislativa resume en la siguiente infracción: “La parada o el estacionamiento de un vehículo en los lugares prohibidos, en lugares y vías no autorizadas o en zonas de estacionamiento no autorizadas”.

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