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domingo, 14 diciembre 2025

Conducta PAS: la DGT te dice lo que debes hacer en caso de un accidente de tráfico

Las siglas PAS (Proteger, Avisar y Socorrer) son conocidas en el entorno de los servicios de emergencia como un protocolo de actuación en caso de un accidente: Tres acciones básicas y principales, que todo el mundo puede realizar hasta que los profesionales lleguen al lugar del accidente.

A pesar del esfuerzo realizado en la promoción y divulgación de programas de prevención, los accidentes en las carreteras se siguen sucediendo día a día, por eso es importante saber cómo actuar y crear un entorno seguro para víctimas e intervinientes en caso de accidente.

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La ley y la obligación de socorro

Obligación de socorrer

Todo ciudadano tiene la obligación de socorrer a una persona que se encuentre desamparada (sola, sin ayuda y/o impedida para ponerse a salvo) y en peligro manifiesto y grave, siempre y cuando lo pueda hacer sin riesgo propio o de terceros.

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En los casos de riesgo y en aquellos en los que el testigo no puede prestar auxilio por algún motivo siempre queda la obligación de solicitar la ayuda de un tercero y de llamar al 112.  De lo contrario estará incurriendo en un delito tipificado en el artículo 195 del Código Penal por omisión del deber de socorro.

En caso de que haya ya asistencia profesional en el escenario del suceso estarás exento de cumplir esta obligación. No estorbes, haz caso a lo que te pidan y en carretera continua la marcha, no provoques un accidente por el «efecto mirón».

Para cumplir con esta obligación lo recomendable es seguir las pautas marcadas por la conducta PAS, así que vamos a explicarlas.

Espalda
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