En España, la problemática de los vehículos registrados a nombre de personas fallecidas persiste, planteando desafíos tanto para la Dirección General de Tráfico (DGT) como para los herederos y la comunidad en general.
Este artículo explora las complejidades jurídicas y administrativas que rodean a esta situación, destacando las posibles multas y consecuencias legales que pueden enfrentar quienes no resuelven adecuadamente esta cuestión.
4Procedimientos legales para herederos
La DGT establece un plazo de 90 días para que los herederos notifiquen el fallecimiento del titular y gestionen la transferencia del vehículo. Este proceso implica completar un formulario con información relevante, abonar tasas, y asumir temporalmente las responsabilidades del titular fallecido hasta que se complete la transferencia.