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Semana Santa: llevar esto en el coche te puede costar 6.000 euros y 30.000 al taller que te lo instale

Arranca la operación salida Semana Santa y la DGT ha previsto que habrá unos 14,6 millones de desplazamientos en nuestras carreteras. Si ya tienes preparada tu escapada, además de conocer las nuevas sanciones y multas que ha introducido la reciente Ley de Tráfico, ya sabes que la DGT pone estos días más énfasis en la vigilancia y el control de las carreteras, ya que detrás de la velocidad inadecuada o excesiva están uno de cada tres accidentes mortales.

Por eso, para la realización de labores de vigilancia, esta Semana Santa la DGT cuenta con un total de 13 helicópteros, 216 cámaras para controlar que llevamos abrochado el cinturón y no utilizamos el móvil mientras conducimos, 39 drones de vigilancia, 780 radares fijos, 545 radares móviles y 92 radares de tramo.

La ubicación de los radares, excepto la de los móviles, está señalizada en la carretera y disponible en la propia web de la DGT. Además, existen diferentes tipos de dispositivos capaces de avisar, detectar o, incluso, inutilizar, la acción de los radares, pero no todos son legales. Según la nueva Ley de Tráfico, llevar un avisador de radar en el coche, que alerta de la ubicación de los controles de velocidad fijos y de tramo, los sitúa en el mapa y avisa sobre la proximidad de los mismos, sí es legal y no acarrea multa alguna.

Apps, detectores e inhibidores

Este avisador puede ser una aplicación móvil (Waze, CamSam, SocialDrive, etc), pero solo podrás hacer uso de ella esta Semana Santa si llevas el teléfono debidamente apoyado en un soporte homologado y no lo manipulas durante la conducción, ya que sujetar el smartphone en la mano mientras vas al volante resta seis puntos y supone una multa de 200 euros.

Muy distinto es llevar un detector de radar en el coche. Se trata de un dispositivo que detecta y localiza los radares próximos y cuyo radio de acción depende de las prestaciones del aparato. La nueva ley no solo sanciona la utilización de este dispositivo sino el simple hecho de llevarlo en el vehículo. En concreto, se multará con 500 euros y tres puntos menos en el carné.

También está totalmente prohibido llevar un inhibidor de radar en el coche y puede acarrear la máxima pena, tanto para el conductor del vehículo como para el taller que ha instalado el dispositivo. Este aparato rastrea los radares y anula su funcionamiento. Utilizarlo está sancionado con una multa de hasta 6.000 euros y 6 puntos. Además, el taller que lo instale puede ser multado con hasta 30.000 euros.

Precisamente, 6.000 euros de multa y la retirada de seis puntos del carné es la sanción que tendrá que afrontar el conductor de un Ferrari que fue detectado hace solo unos días por los Mossos d’Esquadra con un inhibidor de radar a bordo del vehículo. Tenía cuatro antenas camufladas, el interruptor para anular los radares bajo el volante y al aparato instalado en el portavasos.