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jueves, 17 julio 2025

Declaración de la Renta 2025: ¿Qué parte de la ayuda por comprar un coche eléctrico tengo que devolver?

La adquisición de un vehículo eléctrico puede beneficiarse de diversas ayudas y subvenciones, como las otorgadas por el Plan MOVES III. Sin embargo, es esencial comprender cómo estas ayudas afectan a la declaración de la renta y qué implicaciones fiscales conllevan.

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En este artículo, analizaremos qué parte de las ayudas recibidas por la compra de un coche eléctrico debe ser declarada y, en su caso, devuelta en la Declaración de la Renta 2025.​

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Ejemplo práctico del impacto fiscal de las ayudas y deducciones

Consultar las cargas del coche, antes de comprar
fuente: propia

Supongamos que un contribuyente adquiere un vehículo eléctrico por 30.000 euros y recibe una subvención de 4.500 euros del Plan MOVES III. La base de la deducción sería 25.500 euros (30.000 – 4.500), pero al estar limitada a 20.000 euros, la deducción sería de 3.000 euros (15% de 20.000). Además, los 4.500 euros de la ayuda se consideran ganancia patrimonial y se suman a la base imponible general, lo que podría incrementar la cuota tributaria dependiendo del tipo marginal aplicable al contribuyente.​

Al adquirir un vehículo eléctrico y beneficiarse de ayudas como las del Plan MOVES III, es esencial considerar las implicaciones fiscales en la Declaración de la Renta. Aunque no se devuelve directamente ninguna parte de la ayuda, esta incrementa la base imponible general y reduce la base de la deducción por adquisición del vehículo. Por ello, es recomendable planificar adecuadamente y, si es necesario, consultar con un asesor fiscal para optimizar los beneficios y cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes.

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