Si te dedicas al sector del transporte por carretera, tienes que saber que está a las puertas de un cambio importante. El pasado 27 de mayo, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 402/2025, que regula el procedimiento para aplicar coeficientes reductores de la edad de jubilación en profesiones con factores de riesgo, penosidad o condiciones especiales. Los sindicatos y patronales del transporte lo han celebrado, pero es cierto que da lugar a un escenario incierto para el futuro laboral de muchos profesionales.
En principio, la medida responde a una reclamación histórica del sector: evitar que conductores de camiones y autobuses tengan que seguir al volante hasta los 67 años. Las condiciones laborales en la carretera —jornadas interminables, descansos precarios y un riesgo constante de accidentes— hacen que la jubilación anticipada una necesidad para muchos.
Sin embargo, este Real Decreto tiene letra pequeña que puede afectar a la realidad de miles de transportistas. Si la norma se aplica de forma generalizada, muchas empresas podrían dejar de contratar a conductores veteranos por el coste que podría implicar su jubilación o la gestión de bajas de larga duración. En definitiva, el acceso a la profesión —y la continuidad en ella— se puede endurecer.
¿Qué cambia con la aprobación del nuevo Real Decreto?

El RD 402/2025 regula el procedimiento previo para que ciertas profesiones accedan a coeficientes reductores que permitan la jubilación antes de la edad ordinaria sin penalización. Esto no va a hacer que todos los camioneros o conductores de autobuses se jubilen antes por defecto, pero sí que se habilita un marco legal para que puedan hacerlo si cumplen ciertos requisitos.
La norma reconoce, entre otros factores, la penosidad y peligrosidad de ciertos oficios, y el transporte por carretera es uno de los que más defienden los sindicatos como ejemplo de esas condiciones extremas. Según datos de la DGT, solo en 2024 fallecieron 45 camioneros en las carreteras españolas. Y esto hay que sumarle largas jornadas laborales, muchas veces sin respetar los tiempos de descanso y durmiendo durante semanas en cabinas con condiciones poco dignas.
En este sentido, el Real Decreto es un avance. Pero también tiene una consecuencia lógica que va a perjudicar más que afectar. Si se permite que los conductores se jubilen antes, las empresas podrían dejar de contratar a profesionales de edad avanzada para evitar problemas organizativos y de costes. Por ejemplo, un transportista con 60 años y 35 de experiencia podría no encontrar trabajo si las empresas consideran que va a ser una carga administrativa o económica.
¿Qué requisitos hay que cumplir para trabajar como conductor profesional?

Para trabajar como conductor profesional en España, además de cumplir el Real Decreto, es necesario estar habilitado para ello. Además del permiso de conducción adecuado —tipo C para camiones, D para autobuses y sus variantes con +E para remolques—, es obligatorio contar con el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
Es el que acredita que el conductor ha recibido la formación correspondiente por la normativa europea para ejercer su trabajo de manera segura. Sin el CAP, ningún conductor de camión o autobús puede trabajar legalmente, ni para transportar pasajeros ni mercancía. Además, hay que renovarlo cada cinco años.
En cuanto a la jornada laboral, la normativa establece que no se pueden superar las 9 horas diarias al volante, y el único margen es ampliarlas a 10 horas, solo dos días a la semana. También es obligatorio descansar al menos 45 minutos después de 4 horas y media de conducción continua. Y si a esto le sumamos la jubilación anticipada del nuevo Real Decreto, puede ser que se reduzca drásticamente el número de conductores disponibles en el mercado.