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sábado, 12 julio 2025

El día en que estarás obligado a tener que llevar un tacógrafo en tu propio coche está más cerca de lo que imaginas

Puede que te parezca exagerado, pero el día de llevar un tacógrafo en tu coche no está tan lejos. La legislación europea ha ampliado poco a poco el uso del tacógrafo, un dispositivo que durante décadas ha estado reservado a grandes vehículos industriales. Y el motivo no es otro que controlar los tiempos de conducción y descanso, mejorar la seguridad vial y garantizar unas condiciones laborales justas.

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Antes solo afectaba a camiones y autobuses, pero hoy empieza a rozar a un número de vehículos mucho más amplio. El Reglamento (UE) 2020/1054 modificó el alcance del Reglamento 561/2006, incluyendo a los vehículos comerciales ligeros de más de 2,5 toneladas en transporte internacional y cabotaje. Es decir, esa furgoneta de 3 toneladas que un trabajador utiliza para entregar mercancía por cuenta ajena y que hasta hace poco se libraba de cualquier control horario, ahora también entra en el radar del Ministerio de Transportes.

¿Qué vehículos deben llevar tacógrafo y cuáles se libran por ahora?

tacógrafo
Fuente: Freepik

La norma general es que deben llevar tacógrafo todos los vehículos de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada (MMA) superior a 3,5 toneladas y los de transporte de viajeros con más de nueve plazas (conductor incluido), cuando se usen con fines comerciales. A partir del 1 de julio de 2026, este límite se rebajará a 2,5 toneladas en transporte internacional, lo que afectará de lleno a miles de pymes, autónomos y repartidores.

Pero también habrá excepciones:

  • En el caso de vehículos de hasta 7,5 toneladas, el tacógrafo no será obligatorio si se usan para transportar herramientas, maquinaria o productos elaborados artesanalmente en un radio de 100 km desde el centro de operaciones de la empresa. Siempre que la conducción no sea la actividad principal del conductor y no preste un servicio por cuenta ajena.
  • También están exentos los vehículos especializados en reparaciones, los que no superan los 40 km/h, los usados por fuerzas de seguridad, bomberos, defensa civil o ayuda humanitaria, así como los que operan dentro de recintos cerrados o en islas de menos de 250 km² sin conexión terrestre con el continente.
  • Lo mismo ocurre con el transporte agrícola, forestal o ganadero, siempre que se realice dentro de un radio de 100 km.
  • Incluso hay exención para el transporte de leche o animales vivos entre explotaciones y mercados locales, o para recogida de residuos urbanos.

El problema es que la lista de supuestos es larga, específica y sujeta a interpretación. Y cada vez más conductores podrían verse fuera de esas excepciones sin saberlo.

El tacógrafo ya no es solo cosa de camioneros

furgonetas reparto coche Motor16
Fuente: Agencias

Desde el año 2006, todo vehículo nuevo que entre dentro del ámbito de aplicación de la norma debe equipar tacógrafo digital. Este sistema registra automáticamente tiempos de conducción y descanso, pausas, kilómetros recorridos, velocidades e incluso intentos de manipulación. La unidad queda sellada, sincronizada con la hora GMT, y su información puede ser leída mediante tarjeta por inspectores, fuerzas de seguridad, empresas o talleres autorizados.

Y la forma de controlar esos tacógrafos también ha cambiado. La Policía ya no necesita parar el vehículo, porque los nuevos tacógrafos inteligentes permiten acceder a los datos de forma remota. De hecho, la expansión del comercio electrónico en los últimos años, los servicios de última milla y el aumento del transporte ligero han hecho que las autoridades europeas pongan el foco en los vehículos comerciales más pequeños.

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Por eso, si conduces un vehículo comercial, incluso uno que no llegue a las 3,5 toneladas, deberías consultar la norma y saber si en un futuro estarás obligado a llevar un tacógrafo o no, porque la multa por incumplirlo asciende a cantidades cuantiosas.

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