La noticia que te traemos voy va relacionada con esto: ¡Cuidado al dar marcha atrás! La DGT puede multarte por esto.
La Dirección General de Tráfico no para de avisar en las redes sociales a los conductores con el fin de que sepan que se encuentra prohibido el circular marcha atrás.
Se trata de una regla de circulación que es muy conocida y es que Tráfico siempre lanza avisos de importancia con respecto a la marcha atrás.
Hay que tener en cuenta que la regla RSM se tiene que cumplir siempre al volante ya que, en el caso de que no se cumpla, el conductor tendrá que pagar una multa.
3Expliquemos más a fondo estas reglas de la DGT
- Retrovisor: hay que tener en cuenta que el conductor va a tener que observar en todo momento el tráfico en cualquier dirección. Se tendrá que girar haciendo uso de los retrovisores porque se asegurará de que resulta factible realizar dicha maniobra sin que conlleve ningún peligro.
- Señalizar: Se trata del segundo paso que tiene que realizar el conductor a la hora de llevar a cabo la maniobra de la marcha atrás. Tiene que informar a los demás usuarios que se encuentran en la vía de que va a proceder a echar marcha atrás. Pero tenemos que tener en cuenta que hay que hacerlo con mucha antelación.
- Maniobrar: Aquí tenemos el tercer paso y se trata del último además de que se podría decir que es la ejecución de la maniobra siguiendo en todo momento las normas.
Si nos fijamos en el artículo número 80 del Reglamento General de Circulación podremos ver que está establecido la forma correcta en la que hay que echar marcha atrás.
Y es que dicha norma dice que se encuentra totalmente prohibida la maniobra exceptuando en aquellos casos en los que no llegue a ser posible marchar hacia adelante.
En el caso de que el conductor tampoco pueda cambiar de dirección de sentido de marcha sí va a poder realizar la marcha hacia atrás.
Os podemos decir que se encuentra permitida en ciertas maniobras que se consideran complementarias de otra que la llegue a exigir.
En este sentido nos estaríamos refiriendo a la parada, el estacionamiento o bien la iniciación de la marcha.
Pero, lo que tiene que quedar claro a todo conductor es que, no va a poder ser superior a los 15 metros ni se va a poder invadir un cruce que sea de vías.