Cada vez es más habitual cruzarse con coches eléctricos e híbridos enchufables por nuestras carreteras, pero con su aumento también algunas malas prácticas. Una de ellas está en el punto de mira de la DGT, una moda importada de Estados Unidos que, tras popularizarse el año pasado, ha cruzado el charco y se extiende por España.
Esta práctica se conoce como “icing” y es mucho más que un simple acto de mala educación. Es una acción que perjudica a los conductores de vehículos eléctricos e híbridos. Para algunos es solo un gesto de rebeldía, pero para el conductor que necesita cargar su coche es un problema muy grave, y para el infractor, una acción que le puede costar muy cara.
2La DGT avisa: hacer «icing» en España es ilegal

Si te preguntas si te pueden multar por aparcar un coche de gasolina en una plaza para eléctricos, la respuesta es que sí. Aunque en el Reglamento General de Circulación no haya un artículo que hable concretamente del «icing» con ese nombre, la normativa es muy clara al respecto.
La clave está en la señalización. Las plazas de recarga para vehículos eléctricos están señalizadas con una señal vertical (S-17) que indica un surtidor de carburante, acompañado de un pictograma de un vehículo con un enchufe, y a menudo reforzadas con marcas viales de color azul o verde en el suelo. Esta señalización convierte esa plaza en un espacio de uso exclusivo.
Aparcar ahí con un vehículo no autorizado se considera una infracción grave por parte de la DGT. El Reglamento General de Circulación, en su artículo 94, prohíbe estacionar en zonas destinadas a un uso exclusivo o a un servicio concreto si no se es el usuario de dicho servicio. La sanción por incumplir esta norma puede llegar a los 200 euros. Es la misma lógica que se aplica al aparcar en un carril bus, en una plaza para discapacitados sin la tarjeta correspondiente o en una zona de carga y descarga fuera del horario permitido.