En los últimos tiempos, ha habido mucho revuelo en torno a los llamados «radares privados» que estarían usando algunos ayuntamientos para controlar la velocidad. La DGT, debido a la cantidad de consultas que han surgido, quiere aclararlo todo. ¿Esa foto de un radar en el arcén, manejado por alguien que no lleva uniforme de agente, es legal? Si ves un coche con un dispositivo que parece un radar, pero la persona al volante no es ni policía local, ni guardia civil, ¿es una trampa? ¿Pueden multarte así?
Es una duda que cada vez más conductores se plantean, y con razón. La cuestión es clara: ¿están dentro de la ley estos sistemas? Vamos a desgranar este tema tan importante para tu bolsillo y tu tranquilidad al volante.
1La verdad sobre los radares en nuestras carreteras según la DGT

La DGT es muy clara al respecto. El organismo regulador, de forma directa, no delegan en personal externo la realización de los controles de velocidad. Esto significa que si ves un radar oficial de la DGT, siempre habrá un agente de tráfico de los cuerpos de seguridad del Estado cerca, ya sea Guardia Civil de Tráfico o policía autonómica, supervisando y validando las mediciones.
Pero la cosa cambia un poco cuando hablamos de las vías dentro de los municipios. En este caso, la Ley de Tráfico es la que marca las reglas. Su Artículo 7 dice bien claro que la regulación y vigilancia del tráfico en las calles de tu pueblo o ciudad debe ser llevada a cabo por agentes propios de los ayuntamientos.
¿Y esto qué implica? Que quienes te multan, si te pasas de velocidad en una vía urbana, tienen que ser agentes de la Policía Local o algún cuerpo similar con las mismas funciones. Ellos son los que tienen la autoridad legal para sancionar, y sus palabras, en el cumplimiento de su deber, tienen presunción de veracidad.