La DGT acaba de poner en marcha el servicio de canje digital de permisos de conducción, que busca agilizar uno de los procesos más complejos para los conductores que llegan de terceros países (aquellos con los que España haya firmado un Convenio bilateral de reconocimiento recíproco y canje de permisos) y que permitirá realizar todo el procedimiento totalmente online.
El canje de un permiso de conducción de un tercer país por parte de la DGT exige una verificación previa del país de origen, la obligación de pasar un reconocimiento médico, de acreditar la residencia y, en el caso de los permisos profesionales, superar un examen.
Este proceso de canje requería la obtención de una cita previa en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Ahora, con el nuevo procedimiento digital, el conductor irá recibiendo toda la información necesaria sobre la tramitación de forma digital y solo tendrá que acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente para entregar su permiso de conducción original, válido y en vigor, y recoger la autorización provisional de la DGT para conducir en nuestro país, que podrá usar hasta que posteriormente reciba en su domicilio, por correo postal, el permiso de conducción definitivo.
El proceso se realiza en la sede electrónica de la DGT

El trámite para el canje del permiso se realiza a través de la Sede Electrónica de la DGT y para ello el conductor tiene que estar dado de alta en Cl@ve, disponer de certificado digital o autorizar a otra persona para que actúe como su representante designándolo a través del Registro de apoderamientos.
Antes de canjear el permiso, en el caso de los conductores de algunos países, la DGT solicitará una verificación previa al país que lo ha expedido y solo cuando este dé su conformidad se podrá continuar con la tramitación online. En esta lista de países se encuentran: Argelia, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Georgia, Guatemala, Honduras, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Serbia, Túnez o Turquía.
Una vez que el país expedidor del permiso haya contestado a la DGT, el interesado recibirá un correo electrónico con el cambio de estado que puede ser: “Rechazada”, es decir, no procede el canje, o bien “Aceptada” si hay una respuesta afirmativa, en cuyo caso se le indicará un localizador para continuar con el trámite.
En el caso de que el conductor sea titular de un permiso de los países que no necesitan aportar un localizador (Argentina, Andorra, Reino Unido, Perú, Ucrania, Uruguay, Japón, Suiza, Corea y Mónaco), el sistema llevará directamente a solicitar el canje.
Además, en cualquiera de los dos casos, el interesado tendrá que indicar qué clases de permiso desea canjear ya que, en el caso de permisos del grupo II (camión o autobús) será necesario que realice pruebas adicionales que variarán en función del país.
La documentación a aportar para realizar el canje del permiso

Para realizar el canje del permiso de forma digital en la sede electrónica de la DGT, el conductor tendrá que aportar:
- Un informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores.
- DNI, pasaporte o autorización de residencia para extranjeros no comunitarios o certificado de inscripción en el registro de ciudadanos de la UE y cualquier otro documento que se le solicite por la Jefatura donde se tramite la solicitud de canje.
- Acreditación de que no se residía en España cuando se obtuvo el permiso a canjear. Si el interesado tiene DNI y la nacionalidad española fue obtenida en su país de origen antes de residir en España, deberá aportar Certificado de Inscripción y Baja Consular expedido por la Embajada de España del país en el que obtuvo el permiso. En otro caso deberá aportar la Tarjeta de Identidad Extranjero, de Residencia o de Estudiante, el certificado de inscripción en el registro de extranjeros y el permiso de conducir a canjear original, válido y en vigor.
- Abonar la tasa correspondiente: dependiendo de si requiere o no pruebas adicionales (Tasa2.1. o Tasa 2.3 respectivamente).