Hoy vamos a hablar de lo siguiente: la DGT y el misterio de las cortinillas en las ventanas de tu coche.
Cuando viene la época del verano el sol suele tener un gran impacto en los coches y es que hay que proteger las ventanas con algo que impida que el calor entre.
Muchas personas tienen en cuenta que, si dejan el vehículo en pleno sol, el interior del mismo se va a acabar recalentando y será complicado acceder al mismo.
Hay quienes se dedican a poner unas cortinillas en las ventanas y quienes no sabrían decir si se trata de algo que sea legal o no.
2La DGT explica algo más sobre las cortinillas
Se podría decir que en el artículo número 19 del Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre podemos ver lo que se dice acerca del uso de las cortinillas.
Según la DGT solamente se va a permitir circular con láminas que sean adhesivas o bien con cortinillas que sean contra en sol en las ventanillas posteriores.
Pero esto solamente se podrá hacer en el momento en el que el vehículo cuente con dos espejos retrovisores exteriores.
Además dichos espejos van a tener que cumplir con las especificaciones técnicas que resulten necesarias.
Y, con respecto a la pregunta que puso la DGT en Twitter podemos decir que la respuesta era la última.
Un turismo que lleve cortinillas contra el sol en la zona de las ventanillas traseras solamente va a poder circular en el momento en el que cuente con dos espejos retrovisores exteriores.
Con esta información lo que se quiere dejar claro es que ningún conductor va a poder poner cortinillas así como así.