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Así es como la DGT quiere que circulen los ciclistas por las carreteras

En nuestros días, dada la creciente demanda por los modos de transporte más sostenibles, el ciclismo se ha convertido en un principal actor en la forma en que nos desplazamos por nuestras carreteras. Esto ha significado también una serie de reglas que debemos de conocer para mantener la seguridad, tanto para los vehículos como para las bicicletas.

En España, el artículo 4 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, de 18 de mayo de 2019, enumera a los ciclistas como uno más de los usuarios de la carretera. Esto significa que también están obligados a respetar la normativa que establece la Dirección General de Tráfico (DGT). La DGT ha creado un estándar de seguridad para los usuarios de la carretera, como los ciclistas, el cual designa las reglas que hay que seguir para una circulación segura en la calzada. A continuación compartiremos algunas de estas principales normas para que circulen de forma segura.

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Mantener unos niveles de velocidad adecuados.

La velocidad de circulación de los ciclistas por el carril bici tiene también sus propias especificaciones. Dependiendo de la señalización existente, los ciclistas deben de permanecer en una velocidad máxima de 50 km/h en los tramos de carril bici de calzada compartida y de 70 km/h en los tramos de carril bici de vías exclusivas.

La DGT también ha establecido una cantidad máxima de ciclistas que pueden compartir un mismo tramo, esta cantidad cambia según la vía y la anchura de la misma, pudiendo el número de usuarios o el ancho del carril ser uno de los factores limitantes.