En carretera toda protección es necesaria ya que es tu salvavidas. Entre las medidas de seguridad en la moto se encuentra la ropa, los guantes, las botas, pero sobre todo, el casco. Este elemento es obligatorio porque llevarlo puede salvar tu vida en caso de accidente. No llevar puesto el casco tanto en vías urbanas como interurbanas para pasajeros o conductores de motocicletas (con y sin sidecar), ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y quads supone una sanción grave que está asociada a una multa de 200 € y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir.
Los ciclistas deben, por su parte, han de usar casco siempre que circulen por vías interurbanas, salvo en pronunciados ascensos, en condiciones extremas de calor o si cuentan con algún tipo de certificado médico que desaconseje su uso. Si circulas en bicicleta sin casco por carretera serás multado con esos 200 €, pero en ningún momento pueden quitarte puntos, al no ser necesaria ninguna licencia. Sin embargo, hay algunas dudas con respecto al casco… ¿En qué casos te pueden multar por no llevarlo correctamente?
2La DGT y el casco: comprueba que está homologado
Respecto a la homologación del casco, en la práctica podemos decir, sin arriesgar demasiado con esta afirmación, que cualquier casco que compres en España en una tienda normal y corriente estará homologado y certificado. ¿En qué debes fijarte? Cuando lo compres deberá aparecer una letra “E” seguida de unos cuantos números continuados que siempre hacen referencia al país, revisión de la norma y número de homologación, así como de otro inferior que indica el informe de homologación, siendo la norma que se sigue en Europa la ECE R22-05.
Procura no dar por hecho este punto porque cada vez son más frecuentes los casos en los que una mala homologación del casco supone una multa. ¿De lo más inesperada? Seguramente, pero igual de dolorosa que si te pillaran sin él puesto.