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sábado, 14 diciembre 2024

Carné de conducir: si te vas a este país, ya no necesitas examinarte de nuevo

Los españoles y británicos titulares de un carné de conducir válido en alguno de los dos Estados podrán solicitar a partir de ahora el canje en el país donde hayan fijado su residencia, sin necesidad de volverse a examinar de nuevo y de acuerdo con las tablas de equivalencia entre las categorías de permisos de ambos países.

El Gobierno ha aprobado el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducir entre España y Reino Unido, un asunto que suponía un quebradero de cabeza tanto para los españoles que viven en Reino Unido tras el Brexit como para los británicos que trasladaron su residencia a España a partir del 31 de diciembre de 2020, fecha en que Reino Unido dejó de pertenecer de forma efectiva a la Unión Europea.

Además del carné, intercambio de información

Además, ambas administraciones han acordado que intercambiarán informaciones sobre infracciones de tráfico y datos de los vehículos en materia de seguridad vial.

Además del canje del carné, se intercambiará información sobre infracciones con Reino Unido
La DGT ha anunciado que intercambiará información con Reino Unido sobre infracciones, entre ellas el uso indebido del móvil.

Según la DGT, se vigilarán «en especial» los supuestos de exceso de velocidad, no usar el cinturón de seguridad, no detenerse ante un semáforo en rojo, conducir en estado de embriaguez, conducir bajo los efectos de las drogas, no usar un casco de protección, circular por un carril prohibido o usar el teléfono móvil al volante.

El convenio firmado ahora pone fin a las sucesivas prórrogas aplicadas para el canje de permisos entre ambos países que se había estado aplicando desde la finalización del período transitorio previsto en el Acuerdo de salida del Reino Unido de la Unión Europea. A partir de ahora, los titulares de un carné en vigor expedido por cualquiera de los dos Estados podrán solicitar el canje sin necesidad de someterse a pruebas prácticas o teóricas.

El acuerdo establece que se podrán canjear todos los carnés válidos de los residentes actuales expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del Brexit, mientras que para los permisos expedidos con posterioridad será requisito indispensable para acceder al canje que los carnés hayan sido expedidos en el país donde el solicitante tuviera su residencia legal.

Gracias al acuerdo, los británicos residentes en España que no habían realizado el reconocimiento de su carné de conducir antes del Brexit, ni en las sucesivas prórrogas otorgadas, podrán hacerlo a partir del jueves 16 de marzo.

Además, para facilitar la tramitación administrativa en las jefaturas provinciales de tráfico, se ha concedido un periodo de seis meses de prórroga, durante el cual los británicos pueden circular por España con su permiso original mientras tramitan el canje.