Llegar a la ITV con la idea de que todo está en perfectas condiciones y encontrarse con un informe desfavorable es algo, cuanto menos, frustrante. Pero puede ocurrir, en especial si no se presta atención a una serie de detalles como los neumáticos.
¿Cómo puede ser posible si acabas de montar neumáticos nuevos? La respuesta puede estar en un concepto que muchos desconocen, pero que es fundamental para cumplir con la legalidad: el sistema de equivalencias de neumáticos.
2Las tres reglas para que tu neumático sea equivalente

Para que la ITV considere que los nuevos neumáticos de tu coche son equivalentes a los que figuran en la ficha técnica, deben cumplir obligatoriamente tres criterios fundamentales. Si incumples uno solo de ellos, en la revisión se indicará que hay un defecto grave.
La primera regla es el índice de carga. Este es un número de dos o tres cifras que verás en el flanco del neumático, justo después de la medida del diámetro de la llanta. Por ejemplo, en un neumático 205/55 R16 91V, el índice de carga es 91. Este número corresponde a una tabla que especifica el peso máximo que cada neumático puede soportar. En el caso del 91, equivale a 615 kg por rueda.
La regla es muy clara: el índice de carga del nuevo neumático debe ser siempre igual o superior al que indica la ficha técnica de tu vehículo. Bajo ningún concepto puede ser inferior. La ITV es inflexible con esto, ya que un índice de carga inferior compromete la seguridad.
La segunda regla es el código de velocidad. Se trata de la letra que aparece justo al final de la nomenclatura del neumático. Siguiendo nuestro ejemplo, en un 205/55 R16 91V, el código de velocidad es la «V». Cada letra corresponde a una velocidad máxima a la que el neumático puede circular de forma segura durante un tiempo prolongado. Una «V», por ejemplo, significa que puede rodar hasta 240 km/h, aunque es evidente que en carretera nunca llegarás a esta velocidad, salvo que quieras acabar en la cárcel..
La norma general es idéntica a la del índice de carga: el código de velocidad del nuevo neumático debe ser siempre igual o superior al homologado en la ficha técnica. Si tu coche tiene homologado un código «V», puedes montar un «W» (hasta 270 km/h) o un «Y» (hasta 300 km/h), pero nunca un «H» (hasta 210 km/h). Hacerlo sería como ponerle a un coche de carreras unas ruedas de turismo; no están diseñadas para soportar esas exigencias.
En esta norma solo existe una excepción: los neumáticos de invierno, marcados con las siglas M+S. En este caso concreto, la ley sí permite montar un código de velocidad inferior al original, pero con la condición de colocar una pegatina o aviso en un lugar visible para el conductor que indique la velocidad máxima a la que pueden circular esos neumáticos.
El tercer y último aspecto es el que genera más confusión. Se refiere al diámetro total de la rueda. La ley establece que el diámetro exterior del nuevo neumático no puede ser ni un 3% mayor ni un 3% menor que el diámetro del neumático original homologado.
Esta regla es tan estricta porque una variación superior a ese 3% afectaría a la precisión del velocímetro y el cuentakilómetros (marcarían una velocidad y una distancia incorrectas), podría interferir con el funcionamiento de sistemas de seguridad como el ABS o el control de estabilidad y, en casos extremos, podría provocar que la rueda roce con alguna parte de la carrocería o la suspensión. Para calcular esta variación existen calculadoras online, pero lo más seguro es que te dejes asesorar por un profesional del neumático.