Las autocaravanas y las campers siguen sumando adeptos, y parece que no van a parar de hacerlo en los próximos años. Viajar a tu ritmo, sin horarios, sin limitación de equipaje y sin depender de hoteles o de apartamentos. Son todo comodidades, pero la Dirección General de Tráfico (DGT) nos recuerda, a las puertas de las vacaciones de verano, donde podemos aparcar con ella.
En los últimos años, se ha disparado la venta y el alquiler de autocaravanas y campers, así que es normal encontrar a muchos conductores que todavía no están del todo familiarizados con su uso ni con la normativa que las regula. Es un error, porque si te pones al volante de una (ya sea comprada o alquilada), tienes que conocer las reglas de circulación.
En esta ocasión, la DGT ha aclarado todo lo que debes saber para aparcar tu camper o autocaravana si no quieres llevarte una buena multa. Toma nota.
La DGT lo aclara: ¿dónde puedes aparcar tu autocaravana o camper?

Lo primero que tienes que saber es que la DGT distingue entre aparcar y acampar, porque no es lo mismo. Lo primero es legal en la vía pública (con ciertas condiciones), mientras que lo segundo está reservado solo para las zonas habilitadas para ello.
Según la DGT, una autocaravana o camper está estacionada cuando se aparca correctamente, sin sobrepasar las marcas del lugar asignado y respetando los límites de tiempo, si los hubiera. No importa si dentro hay personas descansando, pues el único requisito es que no haya nada desplegado hacia el exterior (toldos, mesas, sillas, calzos, etc.).
Es decir, sí que puedes parar a dormir o a comer en tu vehículo, pero sin sacar mobiliario ni ningún elemento que supere su perímetro. Si lo haces, se considera acampada, y solo está permitida en campings o en zonas habilitadas para ello.
Por tanto, y a modo de resumen, la DGT sí que te permite aparcar tu autocaravana en zonas urbanas o rurales permitidas, igual que aparcarías tu coche, pero lo que no puedes es ‘levantar el campamento’ donde te apetezca. Y aun así, las comunidades autónomas y los ayuntamientos son los encargados de ajustar la norma a sus territorios con ordenanzas más restrictivas.
Otras reglas básicas de circulación y de seguridad que debes tener en cuenta

Además de aparcar, también hay otras normas que debes tener en cuenta si vas a conducir una autocaravana o camper. En autopistas y autovías, las que pesen menos de 3.500 kilos, pueden circular a 120 km/h, igual que un turismo, y en carreteras convencionales a un máximo de 90 km/h.
Sin embargo, es de sentido común que si no estás acostumbrado a conducir caravanas, reduzcas la velocidad. Al final, las autocaravanas tienen un centro de gravedad más alto y no se comportan igual que un turismo, sobre todo con viento o en carreteras con muchas pendientes.
En cuanto a los pasajeros, todos los ocupantes deben viajar sentados con el cinturón de seguridad puesto, tanto en la cabina como en el habitáculo. Aunque haya camas, sofás o mesas, no está permitido moverse ni tumbarse mientras el vehículo está en circulación. Además, es importante que sepas que el número de ocupantes nunca puede superar al de plazas homologadas en el permiso de circulación. Da igual que tengas camas de sobra, porque si la autocaravana está autorizada para cinco plazas, no pueden viajar más.
Además, ahora que vienen las vacaciones de verano, la DGT intensifica los controles de velocidad, alcohol y documentación en todo tipo de vehículos, incluidas las autocaravanas. Por tanto, si te vas a poner al volante, conduce con cabeza y lleva toda la documentación al día.