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miércoles, 25 junio 2025

Aclarado de por vida: dos agentes de la Guardia Civil te dicen si es posible conducir con chanclas

Cada año por estas fechas alguien pregunta lo mismo: ¿puedo conducir con chanclas? Y la Guardia Civil se encarga de resolver el eterno debate cada verano, a pesar de que se nos olvide (o se nos quiera olvidar) de un año a otro. Y sí, nosotros también lo vamos a repasar para que no te pille de sorpresa.

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La respuesta corta es que el Reglamento General de Circulación (RGC) no lo prohíbe de forma expresa; al menos, no diferencia entre unas chanclas y otro tipo de calzado. Pero por su naturaleza, es casi imposible considerarlo seguro para conducir, así que en muchos casos queda a juicio de los agentes de tráfico.

Entonces, ¿puedo conducir con chanclas o no? No deberías, y estos dos agentes de la Guardia Civil pretenden zanjar el debate de una vez por todas.

La Guardia Civil responde al dilema de todos los veranos

La Guardia Civil ha aprovechado su cuenta de Instagram para resolver (o intentarlo) de una vez por todas el debate sobre si es legal conducir con chanclas o no.

«Aunque su uso no está prohibido en la normativa, por parte de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y la DGT, les recomendamos no usar este tipo de calzado en la conducción. Porque su uso puede interferir negativamente en la conducción y provocar un siniestro vial», reconocen en el vídeo.

Es un tema complejo y por eso causa tanto debate, porque la realidad es que no está prohibido, pero tampoco es buena idea. De hecho, es una cuestión que queda a juicio de cada agente. Quizá no te multan directamente por llevar chanclas, pero te puedes meter en un lío si utilizarlas provoca una conducción temeraria o un accidente. ¿El motivo? Al no estar sujetas al pie, es fácil que se salgan, se resbalen o directamente que no podamos reaccionar rápido en una maniobra.

Entonces… ¿está permitido o no?

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Fuente: Freepik

Además de la recomendación de la Guardia Civil, tenemos que mirar lo que dice el Reglamento General de Circulación (RGC). No hay ningún artículo que diga explícitamente que está prohibido conducir con chanclas, pero eso no significa que te puedas librar de una multa.

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El artículo 18.1 del RGC establece que el conductor debe mantener en todo momento la libertad de movimientos necesaria para una conducción segura. Y el artículo 17.1 insiste en que es necesario conducir de manera que se garantice en todo momento el control del vehículo. Es decir, si las chanclas comprometen de alguna manera o dificultan esa capacidad, no las puedes llevar.

La DGT también ha advertido en varias ocasiones sobre el riesgo de conducir con un calzado incorrecto. Además de las chanclas, también meten en este ‘saco’ los zuecos, los tacones muy altos y, por supuesto, ir descalzo. En estos casos, la sanción sería de 80 euros, aunque puede aumentar hasta 200 euros en ciertos casos.

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¿Y si vas a la playa o a la piscina en coche? Es tan sencillo como conducir con un calzado que sujete bien el pie o unas zapatillas cerradas, y llevar las chanclas en el coche para cambiarte al llegar a tu destino. Y a la inversa para el viaje de vuelta. No es por la multa que te puede poner la Guardia Civil, es porque puedes provocar un accidente grave y además tenemos que reconocer que no es la opción más cómoda para ponernos al volante.

Así que no, no deberías conducir con chanclas, y estos dos Guardias Civiles pretenden zanjar el debate de una vez por todas.

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