Si te has comprado un coche eléctrico en los últimos años y te acogiste al Plan Moves III, Hacienda tiene algo que decirte. La Campaña de la Renta 2024 comenzó hace un par de meses, y ahora hay muchos contribuyentes que se están llevando una buena sorpresa porque no sabían que tenían que declarar esa ayuda que recibieron. De hecho, tributa como una ganancia patrimonial, lo que significa que tendrás que devolver un porcentaje de lo que te ingresaron.
El motivo es evidente: cualquier subvención pública que suponga un aumento del patrimonio tiene que estar incluida en tu declaración. Así lo marca Hacienda y no hay excepciones. Lo que no todo el mundo sabe es que el impacto fiscal puede ser más alto de lo que parece. Y para más complicación, quienes hayan comprado un coche eléctrico pueden optar a una deducción por inversión en el IRPF, pero en ejercicios diferentes. Te lo explicamos paso a paso.
3¿Y la deducción del IRPF por comprar un coche eléctrico?

Aquí llega la parte buena. La compra de un coche eléctrico también da derecho a una deducción en el IRPF, pero con un matiz importante: no depende de haber recibido o no una ayuda. Se aplica en el año en que se compra el coche, no cuando se cobra la subvención.
La deducción en Hacienda es del 15% del valor de adquisición del vehículo, hasta un máximo de 20.000 euros. Eso se traduce en una deducción máxima de 3.000 euros, que se aplica directamente sobre la cuota a pagar del IRPF. Ahora bien, la base de cálculo debe restar cualquier ayuda pública que se haya recibido o que se espere recibir.
Por simplificarlo más: si compraste un coche por 35.000 euros y te concedieron 7.000 euros del Plan Moves III, la base sobre la que aplicar el 15% de deducción será de 28.000 euros, y no sobre el precio total del vehículo.