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sábado, 31 mayo 2025

La 13-14 que Hacienda hace a quienes se beneficien del Plan Moves III: que se preparen en la próxima renta

Si te has comprado un coche eléctrico en los últimos años y te acogiste al Plan Moves III, Hacienda tiene algo que decirte. La Campaña de la Renta 2024 comenzó hace un par de meses, y ahora hay muchos contribuyentes que se están llevando una buena sorpresa porque no sabían que tenían que declarar esa ayuda que recibieron. De hecho, tributa como una ganancia patrimonial, lo que significa que tendrás que devolver un porcentaje de lo que te ingresaron.

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El motivo es evidente: cualquier subvención pública que suponga un aumento del patrimonio tiene que estar incluida en tu declaración. Así lo marca Hacienda y no hay excepciones. Lo que no todo el mundo sabe es que el impacto fiscal puede ser más alto de lo que parece. Y para más complicación, quienes hayan comprado un coche eléctrico pueden optar a una deducción por inversión en el IRPF, pero en ejercicios diferentes. Te lo explicamos paso a paso.

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¿Cuándo y cómo declarar la ayuda del Plan Moves?

plan moves iii
Fuente: MITECO

Uno de los errores más comunes es pensar que la ayuda debe incluirse en la Renta del año en que se compró el coche. Pero no es así. La normativa de Hacienda establece que la subvención debe incluirse en el ejercicio en que se cobra, no en el que se solicita ni en el que se adquiere el vehículo.

Como la tramitación del Plan Moves suele ser lenta, en muchos casos el pago llega un año o incluso más después. Por eso, muchos beneficiarios de ayudas concedidas en 2022 o 2023 no verán el impacto en su próxima declaración hasta 2024 o 2025.

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La cuantía recibida debe incluirse en la casilla 0301 de la declaración, correspondiente a «otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales». No incluirla puede provocar multas, porque la Agencia Tributaria tiene los datos de todos los contribuyentes.

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